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La lengua de los documentos asturianos en los siglos X-XIII :del latín al romance

Departamento de Historia, Universidad de Oviedo, Campus de Humanidades, E–33071 Oviedo ; mjsanz@uniovi.es.

Departamento de Historia, Universidad de Oviedo, Campus de Humanidades, E–33071 Oviedo ; mcalleja@uniovi.es.

Nous nous proposons d’expliquer comment une formulation latinisée en est venue à céder la place à une formulation romane dans un territoire périphérique du royaume de Castille-León : les Asturies. L’enquête s’organise autour de trois pôles. Le premier est le processus qui voit la documentation perdre son vernis latin pour la fixation écrite de la langue parlée ; la coexistence des deux réalités dans un même document permet de mieux comprendre la façon dont les rédacteurs structurent les actes. En second lieu, l’évolution linguistique peut être rapprochée du recours à des formulaires différents, à leur tour révélateurs de sources d’inspiration différentes de l’écriture documentaire. En dernier lieu, il faut chercher à dégager le profil, individuel ou collectif, des rédacteurs, institutions et zones les plus impliqués dans les progrès de la langue romane aussi bien que dans la résistance du latin.

El objetivo de nuestro trabajo es explicar la sustitución de las formas latinizadas por el romance en los documentos de un territorio periférico del reino de Castilla y León : Asturias. El desarrollo de esta investigación pasa por tres búsquedas fundamentales. La primera consiste en analizar las distintas etapas por las que esa documentación va perdiendo su barniz latino y permite la fijación escrita de la lengua hablada ; la convivencia en un mismo documento de ambas realidades permitirá comprender mejor el modo en que los escribanos estructuran los diplomas. En segundo lugar se estudia esta evolución lingüística en paralelo al empleo de formularios documentales distintos, reveladores a su vez de distintas tradiciones escriturarias. En último término se tratará de individualizar personal o grupalmente aquellos escribas, instituciones o comarcas que destaquen particularmente tanto en los progresos del romance como en las permanencias del latín tardío.

Introducción : encuadramiento temático y geo-temporal

El propósito de este trabajo es explicar la sustitución del latín por el romance en los documentos de un territorio periférico del reino de Castilla y León : Asturias1. Faltos de formación filológica suficiente, no buscamos el estado del idioma en ese período, tarea que queda reservada a los lingüistas ; perseguimos más bien explicar los usos de la lengua en el material de trabajo que es propio al diplomatista, o sea los documentos diplomáticos, llamando la atención sobre los límites que impone la estructura del documento y las fases y protagonistas de la superación de dichos límites ; en definitiva pretendemos marcar las etapas del camino que llevó a la imposición del romance como lengua de los documentos a mediados del siglo XIII.

Nuestro trabajo se desarrolla sobre los documentos de archivo producidos en el territorio asturiano desde los primeros ejemplos conservados – apenas significativos antes del siglo X – hasta finales del siglo XIII, momento éste en que esa lengua romance ya formada deja de ser una señal de impericia en los documentos para invadirlos con plena intención. Su inmensa mayoría responden a la definición de documento privado, y en ellos destacará sensiblemente el cambio de registro propiciado por la aparición del notariado público a mediados del siglo XIII.

Además, consideraremos especialmente tres instancias de producción documental de extraordinaria influencia : los reyes de Asturias constituyen en la etapa más antigua de nuestro estudio una referencia tan problemática como inexcusable ; con el paso del tiempo, su presencia inmediata derivará en modelo lejano, pero siempre estará presente a través de sus documentos y de hecho las escrituras de los monarcas serán la clave en la imposición definitiva del romance en los documentos. Sin embargo el modelo más inmediato, factor seguramente de la mayor parte de los documentos privados en calidad de rogatario, es el de la clerecía : clérigos rurales que con su mal latín ponen por escrito los más antiguos documentos conservados ; y junto a ellos los mejor formados miembros del cabildo catedralicio de Oviedo o de algunos pujantes monasterios de la región. Unos y otros serán, ya desde la segunda mitad del siglo XI, protagonistas de la mejoría del latín de los documentos o, como se viene proponiendo, de la distinción antes no contemplada entre un latín culto y la lengua romance vulgar2. En fin, los últimos actores del cambio en comparecer y dar su parte a la conversión de la lengua documental fueron los notarios, ya reales o concejiles, cuya actuación revolucionó el panorama diplomático del reino. Sobre esta larga serie de documentos, en que la consideración de su carácter de originales o copias tiene gran importancia, se sustentan las consideraciones expuestas a continuación.

I. El punto de partida : escritura logográfica, latín tardío y romance temprano en la Asturias de la Alta Edad Media

No se conocen en Asturias testimonios de escritura previos a la introducción del latín. La conquista del territorio en tiempos de Augusto implicó su integración plena en las estructuras del Imperio Romano, y de la Antigüedad se ha conservado únicamente un conjunto de inscripciones en piedra cuyo número se aproxima al centenar3. En ellas, fiel testimonio de la extensión de la cultura latina en el territorio, se ha observado un correcto uso del latín y una notable escasez de vulgarismos4.

El paso de la Antigüedad al Medievo se percibe bien en el cambio cualitativo y cuantitativo del material escrito conservado : los epígrafes revelan un cambio en la sociedad astur marcado por la cristianización, la centralidad de la institución eclesiástica y la emergencia de sólidos poderes locales que pronto se concretarán en la formación del reino de Asturias5. Por lo que se refiere al documento de archivo, la desaparición de todos los anteriores al siglo VIII revela la profunda cesura institucional de la invasión musulmana de la Península ; a partir de la centuria siguiente el número de los conservados comenzará a crecer a un ritmo sostenido, que no se detendrá hasta el final del periodo que estudiamos.

I.1. Las inscripciones de Carrio y Santa Cruz de Cangas

La pizarra de Carrio ocupa un papel importante en esta etapa de transición. La documentación visigoda escrita sobre pizarra constituye un excepcional testimonio para la historia de la escritura y la documentación de la alta Edad Media hispana6. En este conjunto, el ejemplar localizado en Carrio destaca por su alejamiento geográfico del área de mayor densidad de hallazgos y por su particular contenido, más propio de un conjuro que de un documento diplomático7. De su complejo discurso se desprende la existencia de comunidades campesinas acostumbradas al uso de la escritura y no faltas de ciertos conocimientos literarios8. Asimismo, X. Viejo define el idioma en ella empleado como « un latín fuertemente romanceado o, si se prefiere, un romance muy arcaico y poco diferenciado »9. En fin, la cuestión de su cronología no está resuelta : su identidad con las célebres pizarras visigodas ha llevado a menudo a adscribirla al período de la monarquía de Toledo, pero las referencias a la Passio Christofori, no conocida en la Península Ibérica hasta el siglo VIII, la llevan a esta última centuria o incluso la siguiente, según sugiere su última estudiosa10.

Algo muy distinto es lo que se observa ante la inscripción fundacional de Santa Cruz de Cangas, fechada en 737 y en cuyo latín Díaz y Díaz observó la presencia de clérigos cultos incorporados al naciente reino de Asturias y capaces de redactar un texto que este autor califica de « medianamente hábil, incluso en la reelaboración, lleno de pretensiones pero nada vulgar »11. Así pues, en el ámbito de las inscripciones, la etapa del reino astur muestra la convivencia de la tradición latina en los ambientes cultivados con los primeros indicios de protorromance en las piezas de ambiente popular.

I.2. Los documentos del rey Silo y de doña Faquilo

Por lo que se refiere a los documentos, tampoco hay consenso sobre la originalidad y por tanto la cronología del célebre diploma del rey Silo, fechado en 775 y considerado durante mucho tiempo el más antiguo original del reino astur12. Se refiere este documento a un territorio ya ubicado en Galicia, pero muy próximo geográficamente a la localidad de Carrio, y de su análisis lingüístico A. García Leal concluye su datación a principios del siglo X, pero también advierte « que la lengua subyacente en nuestra carta es mucho más próxima y comprensible para un leonés del siglo XIII, por poner un ejemplo, que para un romano del siglo IV »13.

En fin, el primer original indubitado de la historia de Asturias es la menos conocida donación de Faquilo al monasterium de Libardón, en el año 80314. En ella destaca el mantenimiento de los usos redaccionales de la época visigótica y, a los efectos que ahora nos interesan, tiene gran interés que la cita bíblica que figura en el preámbulo del documento contenga un error ortográfico que de hecho ha confundido hasta épocas muy recientes a los numerosos transcriptores del mismo15.

I.3. Conclusión

En definitiva, cuatro testimonios dispares que subrayan la discontinuidad entre el mundo antiguo y el medieval : el complejo proceso de cristianización de la sociedad y la cultura, la transformación de la tradición clásica, los cambios en los usos diplomáticos y, a nivel lingüístico, los posibles primeros balbuceos del romance en el territorio asturiano16, que los estudios de los últimos años tienden a adelantar a los primeros siglos de la Edad Media17.

Pero sobre todo debe recordarse que la alta Edad Media es una época de comunicación oral en la que lo escrito carece de normalización. Posiblemente esa es la base de los problemas que dificultan la caracterización de la lengua hablada en esta etapa. La lengua escrita, en principio, se mueve en el ámbito de la tradición, el aprendizaje normalizador y la perpetuación de las convenciones transmitidas en ambiente escolástico. Los mejores ejemplos de escritura de la época son aquellos que tratan de mantener la cultura clásica y el empleo del latín, y así ya en el siglo VIII es posible encontrar que Beato de Liébana manifiesta la existencia de estos distintos niveles de escritura cuando se refiere al plebeio sermone de su texto en contraposición a la lengua culta18 ; en el mismo sentido, a finales del siglo IX la versión rotense de la Crónica de Alfonso III habla también de la lengua vulgar.

Sin embargo la crisis del sistema escolar de cuño romano también se manifiesta en las múltiples contradicciones de la lengua escrita en la alta Edad Media y el resultado, como escribe Díaz y Díaz, es el mantenimiento de formas y fórmulas tradicionales no siempre bien comprendidas y, junto a ellas, un cúmulo de informaciones nuevas, propias de cada negocio llevado al escrito, que los escribanos se veían obligados a latinizar mejor o peor19.

En definitiva, el documento altomedieval resulta lingüisticamente complejo ; está ya muy lejano del latín clásico y aún no atestigua la cristalización de las lenguas romances, pero también resulta difícil referirse a los siglos medievales anteriores al siglo XIII como una mera etapa de transición. Buscando una identidad a esta etapa Roger Wright ha tratado de explicar la situación hablando de un modo de escritura logográfico, o sea consistente en aprender las palabras íntegramente y reproducirlas siempre del mismo modo20 ; igualmente, este autor ha tratado de ver la existencia de normas ortográficas de uso local en la Galicia del siglo X. Sin embargo también es frecuente que en un mismo documento la misma palabra pueda expresarse con formas distintas, y seguramente el modo más fácil de definir la lengua de los documentos de esta época sea considerarlos como la unión de las fórmulas latinas mejor o peor aprendidas con los elementos romances que de la lengua hablada van entrando lentamente en el ámbito de lo escrito.

II. Evolución en los siglos IX al XI

II.1. Las fórmulas visigóticas : perduración, transformaciones y novedades

El esqueleto del documento diplomático es su construcción con arreglo a fórmulas redaccionales fijas, y los documentos asturianos anteriores al siglo XII se caracterizan por la desigual pericia en el empleo de éstas. Por un lado la tradición visigótica de redacción de documentos perduró a través de las conocidas formulae cuyo original más antiguo procede, precisamente, del archivo de la Catedral de Oviedo21. Algunas de ellas debieron tener poco uso en los siglos altomedievales, o bien se han conservado en escaso número – por ejemplo las manumisiones – por la propia naturaleza de los textos. De otros tipos documentales, sin embargo, se conservan decenas de casos22 : es el caso de las donaciones a iglesias o monasterios, cartas de arras, testamenta…, y en ellas sí se observa el mantenimiento de las antiguas fórmulas.

Por el contrario, es en la descripción de lugares y situaciones, necesariamente no sujetas a formulismo, donde se percibirá mejor la eventual destreza latina del escriba o, por el contrario, su escasa familiaridad con esta lengua permitirá que afloren ricos ejemplos del protorromance al uso. El primer caso es más propio de los documentos emanados de los monasterios, o bien de algunas donaciones dirigidas a establecimientos monásticos cuya redacción debía depender de la institución donataria en buena parte de los casos. Así, en 974 se registran por escrito las últimas voluntades de Bonello, que legaría parte de sus bienes al monasterio de San Vicente de Oviedo, y es llamativo el buen uso del latín que se observa en el expositivo del documento :

« … dum cepit egrotare Bonellus, cognoscens extremum vite evenire sibi diem, disposuit facultatem suam inter fratres monasterii Sancti Vincentii levite, et suam uxorem nomine Arcagie… »23.

En el mismo sentido, es muy rico el documento de 1024 por el que la infanta Cristina otorga la dotación fundacional del monasterio de San Salvador de Cornellana24. Posiblemente y la riqueza de la donación contribuyan al empaque del documento, pero también es cierto que de los escribanos llamados Pelayo y Goxito que la llevaron al pergamino en sendas copias no se conoce noticia en el entorno regio por esos años25.

Por el contrario, cuando se trata de documentos privados que sellan relaciones entre particulares es más habitual que aflore la lengua romance o, con más propiedad, que los escribanos manifiesten su escasa formación literaria latina empleando las fórmulas aprendidas de manera confusa y muchas veces incomprensible. Sirva como ejemplo la fórmula de libre voluntad con que suele expresarse la nula coacción habida en el negocio, que se manifiesta en un documento de 887 como « nulliusque cogentis imperio », y en otro de 948 como « nullius quoquo eientis imperio »26 ; uno y otro cuentan con la participación de hombres de iglesia, diáconos o presbíteros, pero se ignora el nombre de sus autores materiales y se hace evidente que ni siquiera el clero rural mantiene las formas latinas en sus propios documentos.

II.2. Léxico agrario y espacial

Si el uso de las fórmulas resulta cuando menos irregular, es en los dominios léxicos donde se aprecian muestras aún más claras de las transformaciones del idioma y la presencia de las formas romances.

Así, en el ámbito del léxico espacial y habitacional destaca sobre todas la distinción entre domus y casa. Ésta se registra por vez primera en 91627, pero es sobre todo llamativa la distinción en el siglo XI entre la domus, que tenderá a identificarse con el centro de una unidad de propiedad y explotación, y las simples casas dependientes de estos primitivos señoríos territoriales. La distinción puede entreverse en el ya citado diploma de 1024, en que la infanta Cristina entrega la villa de Cornellana « cum domibus, edificiis, cassas… », y se hace más evidente en 1054, cuando el presbítero Martino dona al monasterio San Vicente – al que califica de « domus ante lucidius templi magni Sancti Salvatoris » – la villa de Rozas, « hec domus cum omnia edificia sua, kasas, orreis, abutezis cum suas cupas, torcularia et omnia undensilia domorum »28. En fin, ya desde el siglo X comparecen en la documentación asturiana otras expresiones que han caracterizado históricamente el hábitat y las unidades de explotación de la tierra en la región : la quintana, unidad de explotación agraria, aparece en 978 como quintanare, y se localiza como quintana en varias ocasiones a lo largo del siglo XI29. Habrá que esperar al siglo XII para que aparezcan los caseros, o arrendadores de una explotación agraria, y la propia célula de explotación identificada como casería30.

La descripción del paisaje alberga noticias de gran interés a efectos lingüísticos, ya que evidentemente no había formularios para la descripción de tierras, ríos y paisajes históricos ; en consecuencia, es fácil ver aflorar rasgos romances cuando los escribanos de la alta Edad Media localizan los bienes cuya propiedad cambia de manos. La alusión a cursos fluviales como elemento de referencia espacial es un rasgo destacado de la diplomática de la época31, y en este sentido destacan las notables variaciones que se ofrecen de unos escribas a otros y, a menudo, dentro de un mismo texto. Así, en 937 encontramos que se delimita cierta propiedad de rio in rivo, en 978 otra pasa por cierto ribo y por un arrogium32.

En fin, resulta igualmente variada y llamativa la cantidad de variantes que pueden encontrarse en la denominación de algunos topónimos. Así, Nembro aparece como Membro en 937 y 946, Nimbro en el mismo 946, Nembro en 948 y Nembru en 94933 ; el río Nalón oscila entre las formas Nelo y Nilo con sus variantes34. Otras veces, sin embargo, permanece incólume una denominación a través de distintos escribas : es el caso de Otura, cuyas menciones del siglo X la reflejan siempre como Autura35 ; o bien de la villa de Aspra, que en cuatro referencias de fines del siglo X figura siempre como Aspera36.

II.3. Antroponimia

Por lo que se refiere a los nombres de persona, la amplitud del stock antroponímico antes de 1050 dificulta observar las variantes de un mismo nombre37, pero incluso en una muestra limitada como pueden ser los documentos del siglo X procedentes del archivo de San Vicente de Oviedo se percibe una notable falta de seguridad ; así, en veintitrés documentos el nombre Juan aparece con seis formas distintas : Ioane, Ioanne, Ioanes, Ioannes, Iohannes, Ihoannes38. En esa misma muestra, aparece en tres ocasiones una mujer cuyo nombre muestra también tres formas distintas, Argaya, Arcadie y Arcagia39. Por último, cabe señalar que incluso el nombre de una misma persona en un mismo documento tiene dos formas distintas40, lo que completa un panorama de incapacidad de alcanzar una norma ortográfica41.

II.4. Conclusión

En fin, en este primer período se detectan documentos que manifiestan un desconocimiento casi completo de la lengua latina. Puede destacarse en este sentido una noticia de las inmediaciones del 1100 que recoge las reivindicaciones territoriales del monasterio de San Antolín, quizá San Antolín de Huerna en el territorio de Lena, del que basta un simple párrafo para ilustrar el problema :

« Inprimis, Sancti Christovali, qui fuit de sua avola, domna Maiore ; et pro que non quiso prendere illo comite domno Rodrigo, ermano de illo comite domino Fernando, pro marido, exiose inde de Sancti Christovali et foise pro a Berizo ; et illo comite quelaria et preso illo monesterio e metillo in regaleco »42.

En definitiva, los documentos asturianos de la alta Edad Media son testigos opacos de la progresiva revelación del romance asturiano : el cambio en la lengua hablada hace que la expresión escrita varíe mucho según la formación de unos escribanos para quienes el latín era ya una lengua aprendida en las escuelas. A pesar de todo, el papel de las fórmulas en la elaboración de los documentos exige un examen diferenciado de los mismos, viendo por un lado su destreza con los formularios heredados y por otro su capacidad para expresar situaciones particulares sin las andaderas de fórmulas ya acuñadas.

III. Las mejoras del latín escrito desde finales del siglo XI y hasta finales del XII

A pesar de que venimos encontrando indicios de romance en los más antiguos documentos asturianos, es llamativo constatar que desde finales del siglo XI la evolución del idioma no se dirige a la consolidación de las formas romances sino, bien al contrario, hacia una mejora de la expresión latina en algunos documentos. Como dice R. Wright, son expertos latinistas los que en esta época recuperan el uso correcto de la lengua culta y, al mismo tiempo, comienzan por vez primera a distinguir la lengua del vulgo como lengua distinta a la de la cultura43.

III.1. « Quod vulgo dicitur » : la percepción de la diferencia

En las primeras décadas del siglo XII se manifiesta en los documentos asturianos un fenómeno ya conocido en el siglo anterior en otros territorios europeos, y es que los escribanos comienzan a distinguir la lengua de los documentos de la lengua vulgar, « quod vulgo dicitur »44. Dice R. Wright que estas expresiones no deben confundirse con otras análogas más antiguas, cuyo uso en Asturias ya ha sido recordado : ahora no se trataría de contrastar un uso culto y otro popular sino sencillamente de distinguir lo que ya eran dos lenguas diferenciadas que por primera vez se reconocían como tales. La recuperación de mejores expresiones latinas por los cultos monjes de la época ponía en evidencia la lejanía entre los dos idiomas, y esa recuperación que se centra en ámbitos urbanos45 constituiría el caldo de cultivo para la aparición de las primeras glosas romances.

En Asturias los usuarios de ese tipo de expresiones suelen ser monjes46, y entre sus primeros cultores destacan algunos notables pendolistas del monasterio de San Vicente de Oviedo : Domingo desde 113047, Pelayo desde 114148 y Pedro desde 114549 son los iniciadores de una práctica que también alcanzará a otros cenobios de la región50 y llegará en la segunda mitad del siglo a algunos rogatarios de documentos privados51.

Los monasterios parecen ser los adalides de la distinción del latín y la lengua vulgar, y entre ellos destaca, quizá por la abundancia de los testimonios conservados, el de San Vicente de Oviedo. En cuanto a la cronología del cambio, los documentos existentes inclinan a pensar que la benedictinización es una de las claves fundamentales del proceso. En efecto fue tardía la vinculación de los monasterios asturianos a la obediencia de la regla de San Benito ; algunos documentos tardíos pretenden su imposición en San Vicente de Oviedo antes de 1042, y dos años más tarde para el no menos poderoso cenobio de San Juan Bautista de Corias. Sin embargo otros testimonios recomiendan retrasar la benedictinización efectiva de los monasterios asturianos al siglo XII, hacia 1120 para San Vicente y San Pelayo de Oviedo, 1130 en el caso de San Salvador de Cornellana y fechas similares para Corias u Obona.

III.2. Los documentos de los monjes

Desde mediados del siglo XI se detectan en los monasterios del Noroeste de la Península Ibérica personas formadas en escuelas donde se cultivaba el latín. Su presencia renovadora se vincula posiblemente a la imposición de la regla benedictina, y de hecho la adscripción de los monasterios hispanos a esta norma de vida estuvo marcada ella misma por algunas modificaciones léxicas ya reconocidas tiempo atrás por J. Mattoso52. En efecto, frente a las antiguas referencias a loco sancto o vita sancta, los documentos emanados de los centros reformados preferirán referirse a la vida religiosa y los establecimientos monacales como conventus, menudearán las expresiones relativas a militare en religión y se desarrollará el léxico específico de los cargos monásticos : prior, sacrista, cantor

III.3. Domingo, escribano del monasterio de San Vicente de Oviedo

Pero no sólo la vida religiosa será descrita en términos nuevos : los nuevos notarios monásticos importarán un uso más correcto del latín y también el empleo de fórmulas diplomáticas mejor redactadas y más fundamentadas en derecho. Del ya citado monje Domingo, por ejemplo, se han conservado diecisiete documentos redactados entre 1122 y 115953. Domingo debía ser considerado el más hábil calígrafo de la Asturias de su tiempo, ya que dos de las donaciones por él suscritas procedían nada menos que del obispo de Oviedo Martín II y de la infanta Sancha, hermana del rey Alfonso VII54. Pero el hecho de que todos sus documentos empleen la escritura visigótica acredita, además, su formación más propiamente hispana que de origen foráneo y relativiza con ello el protagonismo de los monjes ultrapirenaicos en la revitalización cultural de su tiempo.

A pesar de que trece de los documentos suscritos por Domingo comparten su naturaleza de donaciones, debe subrayarse que su tenor resulta extraordinariamente variado. El monje vicentino no parece emplear un formulario, sino que redacta con notable libertad, posiblemente haciendo alarde de su conocimiento y, sobre todo, sin apenas repetirse nunca en las expresiones formularias. El primer documento que suscribe es también el más sencillo ; en los sucesivos, sin embargo, irá desgranando una notable gama de recursos expresos en complejas invocaciones55, ricos preámbulos56, buenas cláusulas de motivación57 o penales58.

Con todo, su expresión ya no resulta tan pura cuando se desciende a niveles de detalle. La suscripción de los testigos se expresa en ablativo unas veces y otras en nominativo ; a veces incurre en casos de hipercorrección, como cuando se refiere al mayordomo del emperador Gonzalo Vermúdez como « maior dominus imperatoris in Asturias »59. Y sobre todo, cuando desciende a las descripciones territoriales y personales, desliza algunas expresiones próximas al romance asturiano ; así ocurre cuando delimita una propiedad « ad illum pontonem de Homedo », cuando identifica los homines de criacione con kaseros, y cuando latiniza erróneamente uno de los muchos lugares que en Asturias se llaman Soto con la forma Sauto y no Saltus60.

III.4. Pedro, otro escribano de San Vicente

Pocos años más tarde actúa también como escribano al servicio del monasterio de San Vicente otro monje, de nombre Pedro, en el que el empleo de una correctísima escritura carolina y de un buen latín, sólo alterado por el desconocimiento de algunos términos específicamente hispanos, nos ha hecho sospechar que se trate de un monje quizá foráneo61. De su mano se conservan ocho documentos, seis donaciones y dos ventas, dirigidas en todos los casos al monasterio de San Vicente62. Comparte Pedro con su predecesor las advertencias sobre los usos vulgares, y destaca también la variedad de sus recursos latinos en las ricas invocaciones63, las intitulaciones a veces complejas64 o las motivaciones65. Con todo, lo más llamativo de su pluma es la preocupación jurídica que se percibe en alguno de sus preámbulos66, o en otros elementos encaminados al mismo fin, como la advertencia de la mayoría de edad de los actuantes67, la plenitud de sus facultades mentales68 y la procedencia de los bienes de que se dispone, que se pretende clara69 y legítima70.

En cualquier caso, Domingo y Pedro son representantes llamativos del fenómeno generalizado de mejora que experimenta la lengua de los documentos asturianos desde finales del siglo XI. Limitándonos a algunos sencillos ejemplos cabe subrayar cómo las referencias a lugar en los documentos privados de esta época siguen operando sobre el término llogum y similares, mientras que los relacionados directamente con el cenobio vicentino recuperan el más correcto latín locum. Del mismo modo debe recordarse que los monasterios son foco de algunas innovaciones léxicas en esta época, como la que supone referirse a los monjes como seniores71. En fin, también se perciben fenómenos de hipercorrección en algunos topónimos : así, en 1155 se habla de Auscos para referirse a la comarca de los Oscos72.

III.5. Los documentos fundacionales de Obona y San Vicente de Oviedo

Junto a los documentos de aplicación de derecho redactados en esta época en entorno monástico, merecen también atención un par de documentos sueltos que comparten la circunstancia de pasar por ser los documentos fundacionales de dos importantes monasterios – Santa María de Obona y San Vicente de Oviedo –, ambos atribuidos al año 781, y que sin embargo han recibido trato muy dispar en cuanto a la crítica de su texto, pues si el primero ha sido calificado directamente de falso, para el segundo sólo se ha hablado de copia del siglo XII73.

En un reciente trabajo hemos puesto en entredicho la pertinencia de tal disparidad de juicios74. Las cambiantes circunstancias de finales del siglo XI debieron instar a estas antiguas instituciones monásticas a renovar sus documentos fundacionales incluyendo en ellos la obediencia benedictina que comenzaba a hacerse notar. Por eso, en su tenor destaca, al igual que la mayoría de los documentos monásticos contemporáneos, el empleo de un correcto latín muy alejado a los originales de la época de su dotación, y solamente hay algunas concesiones a la lengua vulgar en los consabidos topónimos y antropónimos. Así, en el caso de Obona los fundadores actúan « inflamati divino Speritu et Deo omnipotenti visitati metuque mortis inspiciente… », actúan « ut dignam remunerationem recipiamus… » y condenan a los eventuales infractores que « iram Dei omnipotentis incurrat, anathemate perpetuo subiaceat, maledictiones que in libro Moysi servi Dei maledictis dantur habeat, in presenti vita semper in opprobium vivat, membris magis necesariis careat, et in futura vita cum Datham et Avirom participium teneat ». Pero también dejan lugar a las expresiones romances al delimitar el término de Obona « per illo rioad illum molon… et per illas mestas… et per branna… et ad illo poço », o incluir en la dotación « vaccas… carros… uno roçino… duodecim porcos… et tres scanos », o bien sustituir abundantemente el genitivo por de cuando dicen « duos de argento et unum de petra… et una cruce de argento et duas de ligno… et duas campanas de ferro ».

Algo parecido ocurre en el documento vicentino, que, aunque claramente medieval, es rico y articulado en la definición de casos y situaciones cuando narra la fundación de la ciudad diciendo que « tu iamdicto Maximus prius ei existi, et aplanasti illum una cum servos tuos ex scalido, nemine posidente, et populasti de monte. Et sic postea, coniunctus pariter cum idem predicto tuo tio domino Fromistano, abate, fundatis in isto loco iam dicto Oveto basilicam Sancti Vincentii, levite et martiris Christi ». Del mismo modo, normaliza la toponimia al referirse a Oveto ; pero también se advierten claras trazas de romancismo cuando incluye en el ajuar caballos, equas, boves, vaccas, o bien al sustituir nihil por nichil, sed por set, nepos por sobrino.

III.6. El latín de los obispos : el Liber Testamentorum

Aunque la existencia de la diócesis de Oviedo se remonta al siglo IX, apenas existe documentación episcopal ovetense original anterior a las últimas décadas del XI75. En consecuencia, el punto de partida para el estudio de la escribanía episcopal en torno al 1100 se manifiesta en la elaboración del Liber Testamentorum, cartulario por cuya consideración ha debido transitar la mayor parte de los estudios sobre la alta Edad Media asturiana y que, igualmente, ha dado lugar a un amplio núcleo de estudios, a menudo opuestos en sus conclusiones, sobre el propio códice diplomático76.

Por lo que se refiere a su vertiente lingüstica, debe subrayarse en primer lugar que la formulación a la que se amoldaron muchos antiguos documentos conservados en el archivo de la Catedral destaca por su sencillez, y no por la ampulosidad con que a menudo han sido descritas. J.A. Valdés Gallego demostró que la lengua de estos documentos fue sometida a un proceso de mejora y adaptación al ideal latino77. Y más concretamente, el uso diplomático de la lengua en el Liber se presta a observaciones similares. En efecto, en la comparación entre las copias del Liber y los cuatro originales conservados, destaca la reducción de las fórmulas de estilo y al mismo tiempo la mayor precisión de las versiones contenidas en el Liber Testamentorum. Así, se simplifican las invocaciones, desaparecen los preámbulos o expositivos, se reduce y aclara la dirección, se eliminan las cláusulas de usufructo y se limitan las de sanción. Y al contrario, las copias del Liber establecen con más claridad la naturaleza de los derechos transmitidos, su titularidad y la ubicación de los bienes sometidos a consideración78. Únicamente en el escatocolo superan las solemnidades del cartulario a las del documento original, al engrosar el número de confirmantes y latinizar sus nombres ; pero esto también debe verse como una prueba del interés de sus realizadores por hacer indubitable la calidad diplomática de dichas copias, en el proceso de burocratización y arreglo a derecho que tienden a experimentar los documentos diplomáticos de esta época en toda Europa.

En definitiva, frente a unos textos originales redactados por personas que en muchos casos escriben tal y como hablan o como escuchan, fundamentalmente en el caso de los nombres de persona y de lugar, los documentos del Liber están escritos por personas que tienen mayor formación en latín, que lo manejan con soltura y que procuran por todos los medios dotar a los documentos de una solemnidad basada no precisamente en un mayor desarrollo literario de las fórmulas, sino en una mayor concreción de lo que se pretende comunicar y en una ampliación de los datos referentes a las personas : apellidos y cargos que desempeñan, así como un enriquecimiento de los símbolos que acompañan a las suscripciones – crismones y signos – que añaden solemnidad ante la mirada de quienes consulten el Liber79.

III.7. El latín de otros documentos episcopales del siglo XII

Para el resto del siglo XII, la documentación episcopal ovetense es escasa. Los de la época de don Pelayo se muestran a nuestro juicio muy correctos en su latín, pero también muy contenidos, dado que no hay en ellos ni ricos preámbulos ni extensas cláusulas donde se puedan desplegar los recursos literarios del rogatario80. En ese contexto, y como era de esperar, destacan algunos términos romances que se centran en los consabidos dominios de la toponimia, el mundo rural (illo coltrozio de castello, pumares, casse, cuppe), la metrología (eminam de pane, sestarium sizere), la administración del territorio (alfoçe), el parentesco (soprinis) o la condición de las personas (laycalis). Bien al contrario, de su pontificado destacan por su engolamiento latino aquellos documentos que fueron redactados fuera de la oficina episcopal por otros escribanos81.

En el único documento de su sucesor, Alfonso, se advierte una mayor ampulosidad, perceptible tanto en las cláusulas diplomáticas, que incorporan un extenso preámbulo, como en el lenguaje empleado, en el que se aprecia una rica adjetivación y la clara voluntad de redactar un texto bello82. La tendencia al recargamiento permanece en los redactados en tiempos de Martín II y particularmente en la pieza de 1150 en que delimita el arcedianato de Oviedo, en la que destaca su rica invocación verbal y su cláusula de sanción83. En 1163 se pone por escrito, siempre en latín, el pacto entre el obispo y un particular sobre ciertas iglesias, y en él destaca sobre todo la forma Ouvetensis y una reiterada terminología feudal que llama la atención por su relativa escasez en el reino de León : convenientia, consilio et consensu, benefacto, comenda84. En fin, la serie de documentos episcopales latinos del siglo XII se cierra con un nuevo acuerdo entre el obispo Rodrigo y unos particulares en 1175, sin que en él se perciba indicio claro de progresión del romance85.

IV. La imposición del romance en los documentos escritos

Llegados al siglo XIII se produce la definitiva comparecencia documental del romance asturiano. En este siglo por vez primera se expresa por escrito un estilo próximo al de la expresión oral86, y subrayan los lingüistas que su estudio tiene gran importancia para conocer el estado del idioma en aquel tiempo, ya que a partir de la centuria siguiente comenzará a verificarse en los documentos un proceso de influencia creciente de la lengua castellana que se prolongaría desde la baja Edad Media hasta la actualidad87. Desde nuestro punto de vista, la introducción del romance en la cancillería castellana actuaría como espoleta de la apertura definitiva de los documentos asturianos a la lengua autóctona, y en ese proceso los documentos concejiles – particularmente los de Oviedo, mucho más abundantes y mejor conocidos – parecen haber jugado un importante papel que no hará sino consolidarse con la extensión del notariado.

IV.1. Un escribano ovetense de principios del siglo XIII : el presbítero Pedro Bono

La trayectoria del presbítero Pedro Bono puede servir para ilustrar el estado de la lengua empleada en los documentos asturianos en la primera mitad del siglo XIII88. Se conservan casi 150 documentos escritos de su mano entre 1203 y 1243 en los que pone por escrito los negocios de diversas instituciones eclesiásticas y de un gran número de particulares, referidos jundamentalmente a la ciudad de Oviedo y su entorno próximo. Y en su lenguaje destacan sobre todo dos fenómenos : por un lado los distintos niveles lingüísticos que se perciben según trabaje para simples articulares o para clientes de mayor categoría. Y con ello, la clara distinción entre expresiones formularias más apegadas al ideal latino y los aspectos específicos de cada transacción, que suelen expresarse de manera mucho más espontánea.

Así, son muy prototípicas las invocaciones, que suele expresar con la forma « In nomine Domini amen ». Destaca también el empleo recurrente de un preámbulo diplomático cuya formulación común es « Equum et racionabile est ut ea que venduntur, ne oblivioni tradantur, litteris confirmentur », donde el verbo de venta puede modificarse en función del documento para dar como resultado dantur o genéricamente fiunt. Las cláusulas de sanción oscilan con pocas variantes en torno al modelo « Si quis contrariaverit vobis super hoc, tam ego quam aliquis ex progenie nostra vel extranea, sit maledictus a Deo et excomunicatus, et cum Iuda, domini traditore, sit in inferno damnatus ; et pro temporali dapno persolvat vobis vel pulsanti vocem vestram quantum in carta resonat in duplo, in simili tali loco… et ad partem regis aliud tantum exsolvat ». La datación se introduce siempre con la forma « facta karta » seguida de la calificación diplomática del documento, y la suscripción de los testigos se presenta habitualmente bajo la fórmula « qui presentes fuerunt ».

Por el contrario, donde mejor se perciben los deslices de la lengua hablada es en el texto documental, donde Pedro Bono expresaba realidades económicas, sociales o territoriales sin el amparo de un formulario. Este fenómeno se observa sobre todo en sus primeras obras, por ejemplo un documento de 1217 en que mezcla fórmulas latinas bien reproducidas con expresiones romances : « facio carta vendicionis et textu firmitatis de illo lantado ke lantó Domingo Martíniz in loco pernominato en Olivares, a todas partes, per ubiqumque potueritis invenire… tali pacto quod… debent partir isto lantado per tercias en paz »89. Pero también es llamativo que su mala expresión de los primeros años se latiniza poco tiempo más tarde, y desde 1217-19 cambia la dirección a vos por la más correcta expresión vobis. Sin embargo su limitada pericia en el manejo de la lengua latina se percibe particularmente en las narrationes y en algunos dominios léxicos como el del parentesco y el de los oficios. En el primero se percibe la implantación de las formas romances cuando habla de ienro o nieto, pero es sobre todo entre maridos y mujeres donde mejor se percibe la variación : las referencias a marito dominan claramente sobre las de vir y sus derivados, y al contrario con las mujeres abunda la forma uxor frente a mulier ; del mismo modo, frater y soror se reserva para los miembros de comunidades monásticas, mientras que las relaciones de parentesco prefieren las formas hermano y hermana con todas sus variantes.

Por lo que se refiere al léxico de los oficios, es interesante la distinción que se establece en laicos y eclesiásticos. Éstos se manifiestan mucho más conservadores y dominan las formas presbiter y canonicus sobre las romances, también presentes, de presbítero y canónico. En el ámbito civil, los oficios del poder y la administración resultan también bastante conservadores, y dominan las referencias a maiorino, iudice o miles sobre las también presentes merino, juez o caballero. En fin, los oficios artesanales o comerciales ya prefieren formas claramente romances : pedrero, mestro, alfaiate, carpentero, ferrero, carnicero…

Cabe subrayar por último que la suscripción del escribano suele guardar la apariencia latina con la forma de « Petrus Bonus presbiter nt », pero en contados casos de los años 1231 a 1234 romancea su nombre a Petro Bono y su oficio a presbítero90. En definitiva, Pedro Bono representa bien el último estadio de evolución antes de la introducción de las lenguas romances. En su tiempo todavía se considera que el latín es la lengua propia de la escritura documental y se emplea cuando existe un amanuense capaz, como él, de llevarla con una cierta apariencia de formalidad al pergamino. Pero la realidad del alejamiento entre la lengua hablada y la escrita hacía de ésta una lengua cada vez peor comprendida y en consecuencia, son numerosos los escribanos que trabajan para instancias muy variadas que en la Asturias de la primera mitad del siglo XIII abren sus documentos a la expresión de la lengua hablada.

IV.2. La progresiva contracción de las expresiones latinas a principios del siglo XIII

Así, en 1213 Mayor Rodríguez, con otorgamiento de su marido e hijos, vende al abad y monasterio de Santa María de Belmonte cierta propiedad en Grado, y la práctica totalidad del documento se expresa ya en romance, de modo que sólo quedan como latinas algunas cláusulas muy concretas91, que de hecho marcarán la pauta de la perduración del latín para buena parte de la documentación del siglo XIII, a saber la invocación, la datación, la expresión « qui presentes fuerunt » para introducir a los testigos y por último la tópica expresión « coram testes », heredada de la diplomática altomedieval.

En una línea similar, en 1219 la cofradía de los zapateros de Oviedo pacta con unos particulares las condiciones para hacer obra en el edificio de su alberguería ; para ello se redacta una carta partida sin constancia de escribano en la que, sobre una apariencia de formalidad latina, se hace evidente la incapacidad para redactar un texto con una cierta corrección :

« Nos, zapateros de illa confreria de Oveto, fazemus plecto con Gundissalvo Garcia e cum Pele Garcia, e cum suos ermanos, et cum suos sobrinos, quantos hy pertienent, de una casa ke hant in Oveto, quas tenet cum una nostra de illa albergueria, e de illa otra parte tenet cum illa qui fuit de Giraldus Pardo. E nos avenimos nos cum ellos… »92.

En algún momento hacia 1220 el cabildo de la Catedral dirime las diferencias existentes entre los hombres de Llamaquique y don Esteban, que administraba aquella propiedad en nombre del cabildo. Pues bien, el documento de avenencia que conservó durante siglos la Catedral de Oviedo se expresa sin sombra de latín, ignorando también el nombre del escribano :

« Esto ye cosa verdadera ke quando don Estévano ovo entencia conos omnes kesse fazían herederos de Lamaquiqui sobla heredat alén el río contra la parte de Tróbano, don Estévano los prindó pol servicio con ke silli alzaran, ye ellos venieron se kerellar, ye entraron en so iuizo. El iuizo mandó ke veniessen al cabildo… »93.

En 1237 María Peláez y su hija donan al monasterio de San Vicente toda su propiedad en Salinas a cambio de ser sepultadas en el monasterio y se expresan en un romance solo interrumpido por unas pocas expresiones formularias :

« In Dei nomine, amen. Sabiant todos que hio donna Maria Pelaiz hie mia [filla…. Moniz] damos hie otorgamos nostros corpos hu quier que finemos dientro Asturias a la sepultura de San Vicenti de Oviedo… »94.

En 1243, de nuevo en ámbito rural, el capellán de Santa María de Cuna extiende un documento en que el esfuerzo de escribir latín se ve superado por la realidad del lenguaje cotidiano ; en los ejemplos anteriores podría verse la voluntad de escribir la lengua hablada, pero en este caso se advierte más bien la incapacidad de plasmar por escrito la lengua formularia de apariencia latina que se empleaba en aquellos años :

« (C) In Dei nomine, amen. Ecum et racionabile est udea (sic) que venduntur, ne oblivioni tradantur, literis confirmentur. Eapropter Esydro Martíniz, fillu de Sancha Martíniz ye nietu de María Pedriz de Pallares, viendo a vos Iohan Peláiz quanta heredat hio he en Valdecuna, in villa pernominata en Viesca, de mía avolenga ; quanto a mi pertinet inter mios hermanos vel heredes meos vos viendo a monte ye a vale, exidos, controzos, pausis, fontibus, sensum vel regresum… » 95.

En fin, las anotaciones de carácter contable o administrativo, por desgracia apenas conservadas, pudieron ser el campo de expresión preferente de la lengua cotidiana. Como testimonio se conserva la cuenta de unas deudas en San Martín del Monte, fechada en 1246, que también participa plenamente de la lengua vulgar :

« Era MªCCªLXXXª IIIIª fezo cunta Joan de Donna mediadu mayo con en… de San Martino del Monte, et ficó Iohan Ianniz por debdor per si e per maneria de XXX et X soldos […] II de plazo VIII dies a die de San Migel XX et soldos e medio e Rodrigianes a dia de San Migel manero de XXVIII debdor de VII […] quarta de cevada »96.

IV.3. El influjo de la cancillería regia

La formalización de la cancillería castellana en tiempos de Alfonso VII supuso una creciente uniformidad en el tenor de los documentos reales, y, tanto en su reinado como después de su muerte, el influjo de los clérigos en la oficina regia de expedición de documentos hace que las cancillerías de León y Castilla manifiesten una clara voluntad de corrección97. En consecuencia, se ha abandonado la antigua idea de que el Fuero de Avilés habría sido el más antiguo original cancilleresco peninsular escrito en romance, y hay que esperar al siglo XIII para que la cancillería castellana, y tras la unificación la leonesa, se apliquen al empleo del romance en sus documentos98. En este sentido el reinado de Fernando III es el momento clave de un cambio que se percibe primero en tratados, cortes o fueros, que al final de su reinado entra en los solemnes privilegios rodados y que no haría sino consolidarse en el reinado de su hijo y sucesor, Alfonso X.

Parece lógico que la influencia de los documentos regios llegue a Asturias por una doble vía : en primer lugar mediante la recepción de los propios documentos emanados de la cancillería real, y con ello a través de los oficiales regios que actuaban en la región. Con respecto a los primeros, son pocas las piezas atribuibles a Fernando III, que en los últimos años de su reinado concentra esfuerzos en la repoblación de Andalucía y dirigió pocos documentos a los territorios asturianos99. De hecho en 1251 todavía confirma en latín un privilegio de Alfonso IX100, pero en los últimos años de su reinado comenzaron a llegar a Asturias algunos documentos menores donde la cancillería castellana empleaba ya el romance en la casi totalidad del documento : es el caso de una sentencia de 1242, donde sólo la data se expresa en latín101, o de un mandato en papel, otorgado por Fernando III frente a Sevilla en junio de 1248 donde reserva el latín para la intitulación (« Ferrandus, Dei gracia rex Castelle, Toleti et Legionis, Gallecie, Cordube, Murcie et Iahenii »), mezcla con romance en la dirección (« conciliis de la puebla de Lanes, et de la puebla de Gordon, et de Villa Nueva, et de las Puentes del fierro, et a todos los otros concejos et a todas las otras villas de Asturias, salutem et gratiam ») y la data (« Datum in exercituo prope Sibilla rege exprimente, XXVI días de junio, era Mª CCª LXXXXª et sexta ») y escribe ya totalmente en romance expositivo y dispositivo : « El conceio de Oviedo se me enbiaron querellar que les tomades portadgo que non devedes tomar… Ende vos mando que non les tomedes portadgo »102. En fin, tras su muerte Alfonso X empleará ya de manera generalizada el romance en sus privilegios, como se observa en los numerosos documentos de este monarca conservados en Asturias103.

IV.4. Documentos de los oficiales regios en la región

Por lo que se refiere a los oficiales regios en la región, la escasez de testimonios conservados no obsta para comprobar una evolución paralela a la de los documentos de los monarcas. Así, en 1209 el tenente de Lena imparte justicia a favor del monasterio de San Pelayo de Oviedo, y su documento aún se redacta en riguroso latín104. Y es llamativo que en las pesquisas sobre los bienes de realengo celebradas en 1215-16 los representantes del rey aún se hayan esforzado – aunque con éxito limitado – en dar a sus escritos una apariencia latina105. Sin embargo, sobre los testimonios de estas pesquisas conservados en San Juan de Corias, A. García Leal ha observado que el documento del merino real Pelayo Pérez de Maliayo ya se escribe « una lengua romance con una importante presencia de latinismos », en definitiva la lengua viva de un oficial regio en contacto con los documentos de la cancillería del monarca y con las novedades de la sociedad asturiana del momento.

No hemos encontrado por desgracia documentos dictados por los oficiales del rey en los años inmediatamente subsiguientes. Así, hay que esperar a 1242 para encontrar una nueva pieza emanada de la administración regia en el territorio, pero en ella el merino García Rodríguez emite un documento en beneficio del monasterio de Oscos escrito ya plenamente en romance, por cierto con una fuerte relación con el romance gallego, en el que los únicos restos de latín se circunscriben a domini y data106. En el mismo sentido resulta de gran interés otra pieza otorgada en 1249 por el infante Alfonso, futuro rey Alfonso X, en la que recibe bajo su protección al monasterio de San Pelayo de Oviedo y todas sus posesiones, y en el que de nuevo el único resto latino es la locución « facta carta » que introduce la datación107.

Aunque no es original sino traslado, también puede recordarse el mandato de 1253 por el que Gonzalo Morán, adelantado mayor en tierra de León, ordena respetar los derechos de San Pelayo sobre sus vasallos108. En 1255 Pelayo Menéndez ordena a los jueces de Gozón que paguen al monasterio de San Vicente el portazgo del pescado, según había ordenado el merino mayor Gonzalo Morán, y de nuevo el documento es completamente romance con la única excepción de Datum109. Ese mismo año, en una sentencia judicial dictada por los jueces de Salas en beneficio del monasterio de Cornellana y escrita por un escribano de nombre Lorenzo que extiende por esos años otros varios documentos del entorno, sólo lleva en latín la invocación, la introducción de la data y la suscripción del escribano110.

En fin, desde este momento en adelante no encontramos ya documentos de oficiales regios que conserven huella de latín, según se observa con el adelantado Gutierre Suárez en 1264, o con el merino mayor que exime a los vecinos de Avilés de ciertas penas judiciales en 1285, 1287 y 1289111. Aunque el documento señorial laico es escaso, merece también la pena retener, por su directa relación con la administración del territorio, el otorgado en 1296 por el adelantado Pedro Ponce, en el que tampoco se encuentra la más mínima huella latina112.

IV.5. Los documentos de los concejos : el caso de Oviedo

La época clave del cambio coincide además con la revelación documental de varios de los concejos asturianos que protagonizarían en lo sucesivo la vida urbana de la región ; pero por desgracia sus primeras etapas están mal documentadas, y no es fácil hacerse una idea clara del modo en que estos pusieron por escrito sus primeros actos jurídicos.

Oviedo, sede diocesana, recibió fuero en 1145 e inició con ello una nueva andadura urbana ; pero pasa casi un siglo hasta el año 1243, en que arrienda al concejo de Nora a Nora los derechos que estos les debían, y hasta 1245, en que pone por escrito sus más antiguas ordenanzas113. En ninguno de ellos consta el nombre del escribano, pero debe llamarse la atención sobre el hecho de que todo el texto va en romance, con excepción de la invocación (« In nomine Domini, amen »), la data y, en el primer caso, la presentación de los testigos qui presentes fuerunt.

La práctica del empleo generalizado del romance no haría sino consolidarse cuando por aquellos años comienza a actuar Rodrigo Martínez, escribano del concejo, del que se ha conservado un nutrido conjunto de documentos caracterizados por el abandono casi completo del latín114. Así, en 1237 redacta una compraventa para unos particulares de Oviedo, pero el latín se circunscribe ya a la invocación, el preámbulo asturiano y las expresiones facta karta, qui presentes fuerunt y et alii plures, mientras que el resto se expresa en una lengua que podemos asimilar al romance asturiano de la época :

« … nos Pedro Fernándiz, et Sancho Fernándiz, et Iohán Fernándiz et Alfonso Fernándiz, fillos de Fernán Martíniz, ostiero de San Salvador, vendemos a vos Domingo Petri, capellán de San Pelayo, ela nuestra casa que avemos en Oviedo, enna rúa que lamant Gasconna, en tal término : de una parte sunt casas de San Pelayo ; e del otra parte casa de Fernán Gonzálviz, carnicero ; et en fronte casa de Savastiano, el ortolanu… »115.

El resto de los documentos de Rodrigo Martínez responde a una pauta similar ; puede recordarse el empleo de algunos términos en latín como la inclusión en una propiedad de aquis aquarum116, la cláusula « nunlla rem non remaso » en las compraventas, la condena a la maldición de Deus y algunas expresiones formularias como el tradicional coram testes o la indicación de su función como « Rodrigo Martíniz, escriván del concello, not. et est ts ». Pero es también muy interesante el hecho de que en 1245 suscribe una carta de arras cuya cita bíblica sigue siendo latina :

« Dum in principio Deus cuncta creavit in principio creavit hominem et dixit : non est bonum esse hominem solum ; faciamus ei adiutorem similem sibi. Inmisit ergo Dominus soporem in Adam. Cumque obdormisset, tulit unam de costis eius et hedificavit Dominus costam quam tulerat de Adam in mulierem. Quam cum videret Adam : hoc nunc os ex ossibus meis et caro de carne mea. Quam ob rem, relinquet homo patrem et matrem et adherebit uxori sue et erunt duo in carne una. Propter hoc apostolis dicit : unusquisque propriam habeat uxorem et unaqueque similiter suum virum. Eapropter ego Iohan Domínguiz fago carta de donación de arras a vos Marinna Martíniz, mia mullier legítima… »117.

En fin, los documentos del concejo de Oviedo evolucionarán en el resto del siglo hacia la completa transformación hacia los usos romances : las ordenanzas de 1262 mantienen en latín la invocación y la datación, y las de 1274 sólo la invocación118. Un año más tarde el concejo establece un compromiso con los monjes de San Vicente y mantiene la invocación latina, pero ya se data con la expresión Fecha la carta119. En fin, las ordenanzas de 1287 están suscritas por Adán Giráldiz, notario público de Oviedo, y van ya completamente en romance, y la propia invocación se romanceará en 1289 (« En el nombre de Dios, amen »), en un compromiso y una sentencia entre los concejos de Oviedo y Avilés120. Estos dos últimos van suscritos respectivamente por un escribano público de Burgos y por los notarios públicos de Oviedo y Avilés, pero en el mismo 1289 el concejo de Oviedo inicia una pesquisa sobre las heredades realengas del concejo, y en ella el latín ha desaparecido por completo121.

IV.6. Otros concejos asturianos

Al igual que Oviedo, otros concejos comenzaban a emitir documentación cuyos ejemplares más antiguos conservados son de mediados del siglo XIII. Por desgracia ninguno de esos ejemplos es anterior a 1250 y no es posible valorar su probable antelación con respecto a los productos documentales de otras entidades. En cualquier caso, cuando aparecen corroboran lo observado en el caso de Oviedo.

En 1256 el notario del concejo de Tineo pone por escrito la sentencia de un pleito, y en ella el latín se reduce a la invocación (« In Dei nomine amen »), la fecha (« facta carta in mense setember »), la introducción de los testigos (« qui presentes fuerunt ») y el notuit del escribano, además de alguna palabra suelta (archipresbiter, morabetinos)122. Es también muy valioso el testimonio del concejo de Avilés, del que se conservan cartas de avecindamiento desde 1266 escritas ya en romance y en las que solo una mención a testes recuerda el latín123. Del mismo modo, en 1286 el concejo de Avilés arrienda la renta del diezmo de la madera, y de nuevo el documento es totalmente romance124. Del escribano del concejo de la puebla de Grado quedan dos documentos de 1268 y 1269 y, como en Tineo, el latín se circunscribe a invocación, data y presentación de testigos y por el contrario presenta el conocido preámbulo asturiano ya romanceado125.

En fin, en la siguiente década las cosas cambian. Un documento de 1272 extendido por el escribano de la Puebla de Somiedo mantiene la invocación latina y la expresión facta carta, pero ya presenta a los testigos como testemunnas126 ; diez años más tarde el escribano del concejo de Salas conserva las mismas expresiones e introduce a los testigos como elos presentes127.

Por último, debe llamarse la atención sobre el documento solemne que en 1277 vinculó en hermandad a un buen número de municipios asturianos y que fue redactado en romance, con la única excepción de las consabidas invocación y datación128. Tres años más tarde el concejo de Maliayo se dirigiría al de Oviedo, pidiendo en nombre de dicha hermandad la devolución de ciertos tributos a Avilés y Pravia, y en este caso su expresión fue ya totalmente romance129.

IV.7. La introducción del notariado público

La introducción del notariado público comportó, con muy limitadas excepciones, el abandono definitivo del latín en la escritura documental de Asturias130. En casi todos los casos conocidos se emplea casi exclusivamente el romance asturiano ; la única excepción que hemos podido encontrar es un documento totalmente redactado en latín en razón de su contenido, ya que se trata de una carta de procuración del cabildo catedral ovetense redactada por el notario público Andrés Martínez. Por lo demás, el latín queda relegado de manera exclusiva a la breve invocación verbal In Dei nomine, no siempre presente en el tenor documental, y a otras fórmulas en vías de extinción, como la triple suscripción de los ficticios testes Petrus, Iohannes y Martinus.

En cuanto al formulario, se va apreciando una paulatina adaptación de los hasta entonces usuales en el documento prenotarial a los renovados, ajustados al nuevo ordenamiento jurídico. Tiende a desaparecer la invocación, que se reduce en unos casos al Crismón y en otros a la verbal anteriormente citada, siendo ya mucho más numerosos los documentos que inician su redacción por la notificación general Sabean quantos esta carta viren. El ya citado preámbulo asturiano, tan al uso en la primera mitad del siglo, se traduce en algunos casos al romance asturiano, pero en los más de ellos tiende a desaparecer. Por lo que se refiere a la datación, el sistema de la calendación romana cede paso al sistema de los días andados y por andar. En fin, va desapareciendo la presencia de los testigos y con ellos la fórmula arcaizante que solía introducirlos en los años anteriores.

Naturalmente estas apreciaciones deben considerarse en términos generales, ya que de unos notarios públicos a otros, o incluso en la producción de un único notario se advierten diferencias y curiosidades en cuanto al empleo de las formas latinas. Así, en 1283 un documento redactado en la notaría de Juan Pérez mezcla latín y romance cuando escribe « fecta carta » y « qui presentes fueron »131. En otro sentido, en Tineo hallamos un notario público que en 1286 ya ha abandonado totalmente el latín en los productos de su notaría132, y al contrario hallamos otro en ejercicio en la misma localidad que en 1288 recupera la invocación latina133, y aun un tercero que en 1303 y 1308 sigue utilizando la fórmula latina para la invocación134.

IV.8. Nicolás Yáñez, notario de Oviedo

Pero el repaso a algunos documentos de un único notario público nos servirá para comprender mejor las claves del progresivo abandono del latín. Hemos seleccionado para ello a Nicolás Yáñez, notario público por el rey en Oviedo que ejerce entre los años 1262 y 1293, y que es precisamente nieto del escribano Pedro Bono al que antes nos referimos135. Nicolás Yáñez se muestra como buen conocedor de su oficio, capaz de transcribir una sentencia en latín otorgada por Alfonso VI y que probablemente estaría plasmada en escritura visigótica136, pero su uso del latín se reduce a expresiones formularias muy localizadas que, además, iría reduciendo en el transcurso de su carrera, y depende en todo caso del tipo de documento que esté realizando.

En 1264, en uno de sus primeros documentos conservados, extiende una carta de arras en la que utiliza el largo preámbulo latino propio de estos documentos ; de hecho es exactamente el mismo que había utilizado Rodrigo Martínez en un ejemplo aducido anteriormente, con la diferencia de que la locución Eapropter que abre paso al otorgante se sustituye aquí por la romance por esso yo137. El resto de la pieza se desarrolla sin embargo en romance, con la única excepción de las expresiones « facta carta », la introducción de los testigos como « qui presentes fuerunt » y por último el recuerdo de los testigos prescritos por la ley visigótica.

Esta será, de hecho, la tónica dominante en la mayoría de donaciones y compraventas que componen lo más nutrido de su producción documental, donde el latín se circunscribe a unas pocas fórmulas. Destaca entre ellas la invocación « In nomine Domini amen ». Es también interesante la transformación de algunas compraventas, ya que en las más antiguas suele incluir una cláusula lingüísticamente ambigua, « del precio apres vos nunlla rem non remaso »138, que en los ejemplos más tardíos será eliminada y sustituida por una expresión más extensa y ajustada al romance asturiano : « Et magar dixiésemos que nos non foran dados e metudos en nuestro poder, otorgamos que nos non vala. Et lo que maes val quel dicho precio, quitámosvos la mayoría e dámosvoslo en donación »139. La fórmula de datación es variable, ya que junto la más habitual facta carta duda en alguna ocasión, y así en 1264 escribe « fecha la carta »140, y dos años más tarde mezcla lenguas y da por resultado « facta la carta »141. La cláusula de presentación de confirmantes también evoluciona : en sus primeros ejemplos abunda la expresión « qui presentes fuerunt », pero pronto simplifica a testes142 e incluso llega a romancear testemunnas en algún caso tardío143 ; en fin, su último documento conocido presenta a los testigos como presentes144. Por último, varios de sus documentos se cierran con el tradicional « Coram testes »145.

Debe advertirse, no obstante, que el tipo documental es clave en la desaparición del latín merced a la supresión de ciertas cláusulas. Así, se pierde la invocación en un documento de renuncia a ciertos bienes146, elimina toda huella latina en el arriendo de unas rentas por parte del concejo de Oviedo147, y deben recordarse sobre todo los testimonios notariales, que eliminan la invocación, introducen la data en romance y a los testigos como testemonias o presentes148.

IV.9. Otras notarías ovetenses

En efecto, el resto de las notarías públicas de Oviedo van a seguir esta línea e incluso avanzar en la eliminación del latín. Así, Juan Pérez pone por escrito una compravente en 1289 y el latín se ciñe a la invocación, mientras que ya ha traducido fecha la carta y testemunnas149. Lo mismo ocurre con el notario Adán Giráldiz en 1287 o con Benito Yáñez en 1295150. Pero quizá deba subrayarse de nuevo que es en los testimonios notariales donde se advierte con más claridad esta tendencia, y así pueden citarse otros redactados bajo la férula de los notarios Benito Yáñez en 1269, Pedro Alfonso en 1274 o Juan Pérez en 1286151.

En fin, otro tipo de documentos sigue ese camino de simplificación, como se observa en una carta de pago hecha en 1289 para los procuradores del obispo en la notaría de Juan Pérez, donde la pérdida de la invocación y el empleo de fecha la carta limita el latín al simple testes152. O en una sentencia redactada allí para la iglesia de Oviedo, que traduce todas esas cláusulas : « en el nomne de Dios, amen », « esto foe fecho » y « testemunnas », de modo que el latín ha desaparecido por completo153.

IV.10. Documentos notariales en Asturias a finales del siglo XIII

Fuera de la ciudad de Oviedo el número de testimonios se reduce sensiblemente, pero es posible constatar la corroboración de las tendencias observadas en los notarios ovetenses de finales del siglo XIII. Así, destacan por su más acentuado uso del romance los testimonios notariales, como los otorgados por notarios de Lena154, o algunas cartas de vecindad del concejo de Avilés155.

Pero en las dos últimas décadas del XIII la evolución es clara y el ritmo asimilable al de Oviedo. En el caso de Grado, por ejemplo, sendos documentos notariales de 1270 y 1275 se escriben al estilo de Nicolás Yáñez156, y lo mismo puede decirse de otras piezas de 1285 y 1286157 ; pero al año siguiente encontramos un documento notarial que carece de invocación, ha traducido la data a « fecha la carta » y presenta a los testigos como presentes158. Y algo similar ocurre en los años subsiguientes en la notaría de Suer Díez, ya que en 1290 la invocación figura como in nomme de Dios amen, y sendos documentos de 1292 y 1293 corroboran la completa erradicación del latín en los documentos de los notarios de Grado159.

En fin, esa evolución se percibe en términos similares en villas marítimas como Avilés160, Luarca161 o Llanes162, pero también en villas del interior como Siero163, Langreo164 o Pravia165, y en villas de la montaña como Somiedo166. Y sobre todo, de oriente a occidente, se advierte que en la última década hay notarios que ya han abandonado por completo cualquier expresión latina, según se puede observar en Cornellana en 1295 y 1297167, o en Cangas de Onís y Cabrales en 1297168. Del mismo modo, también encontramos casos más retardatarios, en que en la primera década del siglo XIV siguen incluyendo alguna cláusula latina, como hace el notario de Villanueva de Oscos en 1302, y en 1310 el escusador por el notario de Peñaflor y Las Regueras169.

IV.11. Los documentos del obispo

Roma seguía escribiendo en latín, pero Roma estaba lejos, y a lo largo del siglo XIII los documentos de los obispos, cabildo y clérigos de la Iglesia de Oviedo fueron adaptándose paulatinamente al romance, y reservando la lengua latina para algunos documentos concretos170.

Los primeros ejemplos del siglo XIII continúan, como el resto de instancias de producción analizadas, la tradición latina. Así se observa en 1214 en la carta de población de la villa de Tellego171, un año más tarde en el documento por el que el arcediano Fernando González cede una casa en Oviedo a unos canónigos172, o en 1235, cuando obispo y cabildo protestan que la carta de fraternidad que habían firmado con la sede de Toledo no suponía que la Iglesia de Oviedo reconociera la primacía toledana173.

A partir de este momento, sin embargo, el romance asturiano irá adueñándose poco a poco de los documentos otorgados en el entorno de la Iglesia de San Salvador. Contribuye claramente a este fenómeno el hecho de que para su realización hayan recurrido a rogatarios ajenos a la institución ; así el escribano Pedro Bono o, más adelante, el escribano de concejo Rodrigo Martínez. El caso es que en 1238 el aforamiento del lugar de Santo Adriano de Baselgas se expresa claramente en romance a excepción de « facta carta kalendas marcii », si bien debe observarse que es copia y falta la invocación174 ; lo mismo ocurre en 1247 con el fuero de población de Campomanes, documento original sin suscripción de notario que únicamente mantiene la invocación latina y, sin embargo, introduce la datación con la expresión « fecha carta » y emplea por vez primera la mos bononiensis175.

Con pequeñas variantes, se percibe el mismo fenómeno de contracción del latín a fórmulas subsidiarias en contratos de cesión de casas176 o tierras177, o en concordias de distinto tipo178 ; en ellas puede deslizarse algún término latino adicional, como la cesión usque in perpetuum, o una datación en el día Omnium Sanctorum, pero en general puede decirse que el romance asturiano ha adquirido legitimidad y comparte con el latín a mediados del siglo XIII los documentos de obispos y cabildo de Oviedo, pues también hace su aparición en el Liber capituli que en aquellos años se pone por escrito179. En efecto, junto a esos documentos romances pueden citarse como ejemplos de textos latinos un documento de 1245 en que el deán, con el consentimiento de obispo y cabildo, cede unas tierras para plantar viñas180 y, sobre todo, una solemne ordenanza que en 1255 establecieron el obispo y el cabildo ovetenses y que fue extendida en riguroso latín181.

Pero aparte de los documentos solemnes el uso del romance asturiano no haría sino consolidarse en las décadas siguientes. En los documentos de los obispos, don Frédolo (1276-1284) protagoniza avenencias, ordenanzas y mandatos en los que ya no queda ninguna expresión latina182 ; pero es curioso que cuando en 1283 se dirige desde Roma al deán y cabildo de su Iglesia y al arcediano de Tineo lo haga en latín183. En 1291 el obispo don Miguel suscribe una obligación como garantía de un arrendamiento y en ella se percibe ya la suscripción de un encargado de los documentos episcopales, pero de nuevo no hay huella de latín184. Sin embargo el episcopado de don Fernando Alfonso, documentalmente mucho más rico que los de sus predecesores, atestigua también el uso diferencial del lenguaje185 ; así, emplea el romance cuando se dirige a sus vasallos de Llanera y Las Regueras prohibiéndoles que entreguen sus territorios en encomienda186, cuando arbitra como señor la fundación de la villa de Castropol187, o cuando recurre al notario público Benito Yáñez para un aforamiento188 ; utilizará una fórmula mixta cuando se dirija al cabildo sobre la prohibición de ceder jurisdicciones en encomienda189, y emplea preferentemente el latín cuando gestiona asuntos eclesiásticos, bien reclamando rentas en la diócesis de Palencia, otorgando la provisión de un arcedianato o dictando una constitución para el hospital de San Juan190. En fin, en el libro Kalendas II, uno de los libros de regla del cabildo, se recogen en latín todas las noticias documentales referidas a este obispo191.

IV.12. Los documentos del cabildo de San Salvador

Por lo que se refiere a los documentos del cabildo catedral ovetense, su recurso habitual a los escribanos de concejo o al notariado público hace coincidir el lenguaje de sus documentos con lo ya expuesto al hablar de aquellas instancias de producción documental. Es sin embargo interesante el hecho de que al menos desde 1263 se encuentra a un personaje, Simón Pérez, actuando en numerosas ocasiones como escribano del cabildo. Y cabe señalar que sus documentos no se alejan de la práctica documental de aquéllos : lo habitual es el empleo del latín en la invocación y la introducción de la data, y el uso del romance en la práctica totalidad del documento192.

IV.13. El monasterio de San Vicente de Oviedo

Por último, el análisis de los documentos otorgados por los distintos monasterios de la región muestra un panorama bastante similar al expuesto hasta ahora. En la primera mitad del siglo se encuentra una notable variedad, que se puede ejemplificar en los documentos del monasterio de San Vicente de Oviedo. En esos años el escribano Pedro Bono trabaja en ocasiones al servicio de esta comunidad, sobre todo redactando un buen número de donaciones dirigidas a San Vicente. Pero los documentos otorgados por el monasterio fueron redactados por otros escribas, quizá monásticos, que, empleando las fórmulas con cierta fluidez, revelan también en su lengua una estructura netamente romance193. No faltan, con ello, los ejemplos de torpeza ; así, en 1203 un tal Pelayo extiende una carta de foro en la que la formulación latina va acompañada de una delimitación con claro aspecto romance : « in Nozines, contra a parte de Valles et de Perono et al ervado et a Penna Aguilera et a la fonte inter Valles et Nozines, et tornase carrera, ubi prius diximus »194. Más claramente, en 1211 otra carta partida presenta un empleo bastante claro del romance195 : comienza con buenas fórmulas, « notum sit omnibus hominibus tam presentibus quam futuris quod ego abbas… cum toto conventu… damus tibi… illam villam », pero cuando llega el momento de especificar las condiciones se derrumba la destreza latina del escriba : « per tali pacto, quod in vestros dies non perdatis illam sine forfecto ke emendar non podades » ; en fin, el resto del documento es una amalgama latino-romance de difícil clasificación. Lo mismo ocurre en un prestimonio de 1219 cuyo planteamiento formulario resulta bastante correcto, pero se pierde al establecer las condiciones particulares del negocio :

« Super hoc adicimus quod semper annuatim debes dare ad infermariam nostram el dezmo de quanto pan de ipsas hereditates in salvo habueris ; et similiter el dezmo del ganado de los caseros quod debent decimare »196.

En 1235 encontramos, sin embargo, un primer testimonio de texto redactado primordialmente en romance asturiano ; se trata de un arrendamiento y como en muchos de los anteriores no figura el escribano, pero el caso es que el latín se contrae a la expresión de la data y la presentación de los testigos « qui presentes fuerunt »197. En 1239 se observa el mismo fenómeno en un prestimonio :

« Sub era Mª CCª LXXª VIIª. Saban elos omes qui son et qui serán quod Roderico Martiniz de Salze tevo préstamos de San Vincenti de la vila que dizen Vilar et ficaron pus su morte en sos fillos. El abat Don Iohans de Sancti Vincenti secundo demandó a sos filos que los mostrás aquellos préstamos… »198.

A partir de este momento se generaliza el uso del romance en los documentos otorgados por el monasterio de San Vicente, fenómeno alimentado por su recurso creciente al escribano del concejo de Oviedo y, más adelante, a los notarios públicos. Así, en 1254 el prior del monasterio escritura un censo en que el latín ya se limita a invocación, datación completa y suscripción del escribano199. En 1255 el prior redacta otro documento en el que sólo queda latín en la invocación (« in nomine domini amen »), la data (« facta karta in capitulo Sancti Vincencii X kalendas iunii ») y la suscripción del escribano (« Paschasius prior scripsit »)200, y algo similar es lo que se encuentra en sendos contratos agrarios suscritos por monjes vicentinos y datados en 1265 y 1273201.

IV.14. Otros monasterios

La precocidad del monasterio de San Vicente en la introducción del romance en los documentos puede estar relacionada con la abundancia numérica de sus fondos, pero el hecho es que en el resto de establecimientos religiosos asturianos el abandono del latín sigue un ritmo más o menos similar y tiene su charnela en la quinta década del siglo XIII. Así, en 1243 un canónigo de Teverga concede a los franciscanos un terreno en Oviedo para construir su casa, y lo hace con un texto fundamentalmente romance que conserva el latín en invocación, datación, algunas partes de la expresión de dominio y de los confirmantes202. Un año más tarde Lorenzo, quizá monje en Cornellana, suscribe la primera de una larga serie de ventas dirigidas a este monasterio por miembros de una misma parentela, y de nuevo el romance ha adquirido papel dominante en sus productos documentales203.

En el mismo 1244 se encuentra un documento otorgado y suscrito por el monje de Belmonte Juan Fernández, en que el latín se reduce ya a sus manifestaciones más básicas204 ; pero este caso ejemplifica también las numerosas dudas y mezclas lingüísticas que se observan en esta década y aún en la siguiente : en 1256 el abad de Belmonte da ración en el monasterio a una pareja y lo hace en romance, pero curiosamente reserva la lengua culta para la invocación y también para los oficios monásticos, « cellerarius, sacristaet alii monachi qui erant presentes in ipso loco »205. En 1258 el monje Juan Peláez aún emplea el preámbulo « equum et racionabile est ut ea que venduntur vel donantur nec (sic) oblivioni tradantur literis confirmentur » en una adquisición del monasterio que por lo demás se expresa en asturiano, y hay que esperar a 1261 para encontrar un documento otorgado por abad y convento de este cenobio, en que el latín se haya reducido a las consabidas invocación, datación y suscripción de escribano y testigos206. En fin, la progresiva pérdida de la invocación retendrá el latín a la simple expresión « facta karta » en 1269 y a los comienzos del romanceo de la fecha (« feyta ela carta ») desde 1282207.

Pasando a otros monasterios menos documentados, los años del medio siglo se perfilan como la etapa clave del cambio. En 1247 es mayoritariamente romance un documento de San Pelayo de Oviedo suscrito por un diácono208 ; un año más tarde una donación a Obona muestra una abigarrada mixtura latino romance, y en el contrato agrario que otorga este monasterio en 1256 el latín ya sólo permanece en la invocación y la data209, y en 1259 un documento de Arbas se expresa claramente en romance210.


1 . Trabajo realizado en el marco del proyecto de investigación La red monástica astur-leonesa (ss. VIII-XIII) : sociedad, arte y religión, financiado por la Dirección General de Investigación del MCYT (MCT-02-BHA04571-C02-01).
2 . La segunda mitad del siglo XI viene considerándose como la etapa decisiva en la aparición de las lenguas románicas en España, según expone Manuel C. Díaz y Díaz, « La transición del latín al romance en perspectiva hispana », en J. Herman (ed.), La transizione del latino alle lingue romanze. Atti della Tavola Rotonda di Lingüística Storica. Università Ca’ Foscari di Venezia, 14-15 giugno, Tübingen, 1998, p. 155-172. Sobre la datación de los más antiguos textos escritos en castellano vid. José Manuel Ruiz Asencio, « Hacia una nueva visión de las glosas emilianenses y silenses », en Las glosas emilianenses y silenses, Burgos, 1993, p. 83-118 ; vid. también F. Bezler, « Pour une revision de la date des Gloses de Silos », Recherches Ibériques Strasbourg II, 2 (1984), p. 1-10.
3 . Salvo escasos hallazgos recientes, las publicó Francisco Diego Santos, Epigrafía romana de Asturias, Oviedo, 1959 ; reed. 1985.
4 . Alfonso García Leal, « Rasgos vulgares en las inscripciones latinas de Asturias », en H. Petersmann y R. Kettemann (eds.), Latin vulgaire-latin tardif, V. Actes du Ve Colloque international sur le latin vulgaire et tardif. Heidelberg, 5-8 septembre 1997, Heidelberg, 1999, p. 365-373.
5 . Los publica Francisco Diego Santos, Inscripciones medievales de Asturias, Oviedo, 1994.
6 . Siendo muy extensa la bibliografía, deben retenerse como estudios fundamentales los de Ángel Canellas López, Diplomática hispano-visigoda, Zaragoza, 1979, e Isabel Velázquez Soriano, Documentos de época visigoda escritos en pizarra (siglos VI-VIII), 2 vols., Turnhout, 2000.
7 . Sobre el mismo vid. Francisco Javier Fernández Nieto, « La pizarra visigoda de Carrio y el horizonte clásico de los chalasophylakes », Antigüedad y Cristianismo, 14 (1997), p. 259-286. Xulio Viejo Fernández, « La pizarra de Carrio. Estudio mitográfico y literario », en Maurilio Pérez González (ed.), Actas del II Congreso Hispánico de Latín Medieval, León, 1998, p. 895-902 ; Id., « El carácter poético de la Pizarra de Carrio. Nuevas reflexiones en torno a los orígenes de la literatura popular románica », Revista de Literatura Medieval, XIII/2 (2001), p. 135-156.
8 . Se ha llamado la atención sobre la identidad de parte de su texto con la Pasión de San Cristóbal (Juan Gil Fernández, « Notas sobre fonética del latín visigodo », Habis, 1 (1970), p. 46).
9 . X. Viejo Fernández, « La pizarra de Carrio… », p. 895, n. 2.
10 . Ya Gómez Moreno utilizó el argumento de la extensión literaria de la Pasión para sustentar su carácter tardío. Podría ser del IX para I. Velázquez Soriano, Documentos de época visigoda…, vol. I, p. 113-115 y vol. II, p. 20.
11 . Manuel C. Díaz y Díaz, Asturias en el siglo VIII. La cultura literaria, Oviedo, 2001, p. 31-41 y especialmente p. 38.
12 . Contra su carácter de original vid. recientemente Rogelio Pacheco Sampedro, « El diploma del rey Silo. Datos de semiótica para un estudio diplomático », Signo. Revista de Historia de la Cultura Escrita, 8 (2001), p. 121-178 ; y también, con abundante bibliografía, Alfonso García Leal, « Aportaciones del análisis lingüístico a la datación del diploma del rey Silo y a la determinación de su procedencia », Signo. Revista de Historia de la Cultura Escrita, 11 (2003), p. 127-172.
13Ibidem, p. 137, n. 9. Vid. también, en el mismo sentido, los trabajos de Maurilio Pérez González, « El diploma del rey Silo y sus romanismos », Cuadernos de Filología Clásica. Estudios latinos, 5 (1993), p. 115-139, y Olga Álvarez Huerta, « Sobre Deo y do en el diploma del rey Silo », Actas del III Congreso Hispánico de Latín Medieval (León, 26-29 de septiembre de 2002), coord. Maurilio Pérez González, León, 2002, p. 515-522.
14 . Vid. el reciente estudio de María Josefa Sanz Fuentes, « El documento de Fakilo (803). Estudio y edición », Estudos em Homenagem ao Prof. Doutor José Marques, en prensa.
15 . Vid. Alfonso García Leal, « Nota al diploma de Fakilo de la Catedral de Oviedo », Boletín del Real Instituto de Estudios Asturianos, 140 (1992), p. 715-720, y, recientemente, M.J. Sanz Fuentes, « El documento de Fakilo… ». La cita de Isaías 58,6 (Dissolve colligationes impietatis, solve fasciculos deprimentes, dimitte eos qui confracti sunt liberos et omne onus dirumpe) se transforma en su tramo final en omnem honus dirumpe.
16 . Sobre esta cuestión vid. el reciente trabajo de Xulio Viejo Fernández, La formación histórica de la llingua asturiana, Uviéu, 2003.
17 . Roger Wright viene defendiendo la existencia de este romance temprano y ha subrayado este fenómeno en referencia específica al reino de Asturias. De la abundante bibliografía de este autor vid. su fundamental estudio Late Latin and Early Romance in Spain and Carolingian France, Liverpool, 1982 (trad. esp., Latín tardío y romance temprano en España y la Francia carolingia, Madrid, 1982) ; en referencia al caso asturiano, Id., « Textos asturianos de los siglos IX y X : ¿Latín bárbaro o romance escrito? », Lletres Asturianes, 41 (1991), p. 21-34. Por su parte, Juan Antonio Frago García también sugiere que tras las apariencias formales latinas existe un fondo romance mucho más claro, y sustenta parte de su argumentación en documentos del archivo de San Vicente de Oviedo (« El paso del romance a la escritura : problemas culturales y lingüísticos », en Renovación intelectual del Occidente europeo [siglo XII]. Actas de la XXIV Semana de Estudios Medievales de Estella, 14 al 18 de julio de 1998, Pamplona, 1999, p. 63-98, particularmente 68-70).
18 . Joaquín González Echegaray, Alberto del Campo y Leslie G. Freeman, Obras completas de Beato de Liébana, Madrid, 1995, p. 32.
19 . Vid. M.C. Díaz y Díaz, « La transición del latín al romance… », passim.
20 . Roger Wright, « La normalización lingüística en la Península Ibérica durante la Edad Media : ventajas e inconvenientes », Moenia, 3 (1997), p. 471-487 y p. 475 ; Id., « Logographic script and assumptions of literacy in tenth-century Spain », en M.M. Parry, W.V. Davies y R.A.M. Temple, The changing voices of Europe : social and political changes and their linguistic repercussions, past, present and future, Cardiff, 1994, p. 125-139. Vid., sin embargo, las observaciones de José Antonio Puentes Romay, « Lengua y gramática en el Occidente peninsular altomedieval : algunas consideraciones generales », Actas del II Congreso Hispánico de Latín Medieval, ed. Maurilio Pérez González, León, 1998, p. 769-775.
21 . Las publica Juan Gil, Miscellanea Wisigothica, Sevilla, 1972, reed. 1991, p. 70-112.
22 . Recoge algunos J. Gil, ibidem, passim.
23 . Pedro Floriano Llorente, Colección diplomática del monasterio de San Vicente de Oviedo, Oviedo, 1968, nº 18. Nótese además que, aun siendo el número 18 de la colección, en rigor se trata del segundo documento original más antiguo en que figura el monasterio de San Vicente. No hay pruebas, sin embargo, de que el diácono Abiziano, rogatario de este documento, haya pertenecido a la comunidad vicentina ; sólo conocemos otro documento suscrito por este escribano y es la adquisición por Bonello y su esposa, en 962, de la propiedad que doce años más tarde transmitirían a San Vicente.
24 . Antonio C. Floriano Cumbreño, El monasterio de Cornellana, Oviedo, 1949, nº 1.
25 . Cfr. Manuel Lucas Álvarez, El reino de León en la Alta Edad Media, VIII. Cancillerías reales astur-leonesas (718-1072), León, 1995, p. 228 y ss.
26 . P. Floriano Llorente, San Vicente de Oviedo…, nos 2 y 12. Pueden verse ejemplos similares en ámbito catalán en Josep M. Escolà Tuset, « Latín y romance en los documentos de la Cataluña del siglo X », Actas. II Congreso hispánico de latín medieval (León, 11-14 de noviembre de 1997), coord. Maurilio Pérez González, vol. I, León, 1998, p. 421-428, p. 422.
27 . P. Floriano Llorente, San Vicente de Oviedo…, nº 4.
28 . Ibidem, nº 49.
29Ibidem, nos 21, 61 y 88. Seguirá encontrándose en la centuria siguiente, así en 1148 (ibidem, nº 234).
30 . 1114 : kasero (ibidem, nº 148) ; 1141 : caseriis (ibidem, nº 203) ; 1144 : caseria (Santos A. García Larragueta, Colección de documentos de la Catedral de Oviedo, Oviedo, 1962, nº 56).
31 . Vid. Miguel Calleja Puerta, « El papel de los ríos en la percepción del espacio altomedieval asturiano », en La Península Ibérica en torno al año mil. VII Congreso de Estudios Medievales, León, 2001, p. 369-387.
32 . P. Floriano Llorente, San Vicente de Oviedo…, nos 8 y 20.
33Ibidem, nos 8, 9, 10, 12 y 13.
34 . Por ejemplo en dos documentos de 1078 (ibidem, nos 76 y 77).
35 . Se fechan entre 929 y 948 (ibidem, nos 6, 8, 10 y 12).
36Ibidem, nos 16, 19, 20 y 21.
37 . Sobre la antroponimia, vid. María Soledad Suárez Beltrán, « Notas al sistema antroponímico asturiano en los siglos X al XII », Asturiensia Medievalia, 5 (1985-6), p. 59-72.
38 . P. Floriano Llorente, San Vicente de Oviedo…, nos 6, 7, 9, 12, 22 y 24.
39Ibidem, nos 14, 15 y 18.
40Sisivertus y Sisevertus (ibidem, nº 7).
41 . Cfr. Julio Viejo Fernández, La onomástica asturiana bajomedieval. Nombres de persona y procedimientos denominativos en Asturias de los siglos XIII al XV, Tübingen, 1998, p. 47-48.
42 . José Antonio Fernández Flórez y Marta Herrero de la Fuente, Colección documental del monasterio de Santa María de Otero de las Dueñas, I (854-1108), León, 1999, nº 304.
43 . R. Wright, Latín tardío y romance temprano…
44 . Cfr. Michel Parisse, « Quod vulgo dicitur : la latinisation des noms communs dans les chartes », Médiévales, 42 (printemps 2002), p. 45-54. En Cataluña la expresión se emplea ya a principios del IX, según indica Michel Zimmermann, « Catalan et latin médiéval. Les contraintes de l’oralité et l’accueil de la langue vernaculaire », Les historiens et le latin médiéval. Colloque tenu à la Sorbonne les 9, 10 et 11 septembre 1999, ed. M. Goullet y M. Parisse, Paris, 2001, p. 217-236.
45 . Así lo observa José Manuel Díaz de Bustamante, « Problemas esperables en la constitución de una base de datos de texto libre a partir de un corpus documental », Lengua romance en textos latinos de la Edad Media. Sobre los orígenes del castellano escrito, ed. Hermógenes Perdiguero Villarreal, Burgos, 2003, p. 25-37 y n. 23.
46 . Es anterior, sin embargo, su presencia en el Liber Testamentorum, redactado en la segunda década del siglo XII, como se observa en María Josefa Sanz Fuentes, « Transcripción », en Liber Testamentorum Ecclesiae Ovetensis, Barcelona, 1995, nº 13 : pascua quas vulgus dicit seles.
47 . 1130 : « tibi patrono nostro Sancto Vincentio levita Christi, cum ceteris sanctis quorum vel quarum tecum in ipsa tua sanctissima aula conversantur baselica, cuius videtur esse fundata ante preciosissimum Sancti Salvatoris templum quam maternam appellant linguam Ante Altares Domini… » (P. Floriano Llorente, San Vicente de Oviedo…, nº 185) ; 1141 : « in loco qui Rivo Sicco a populis vocitatur » (ibidem, nº 205).
48 . 1141 : « reddat ipsas hereditates populatas cum caseriis ut vulgi utar sermone more patrie rectissimis » (ibidem, nº 203) ; 1141 : « villa Eras a populis vocitata » (ibidem, nº 206).
49 . 1145 : « ipsa hereditas vulgari nomine Pentolas » (ibidem, nº 216) ; 1150 : « hereditate que vocatur vulgaliter Candavedo » (ibidem, nº 241) ; 1150 : « que vulgo vocitatur Sanctus Iacobus de Cores » (María Josefa Sanz Fuentes, « Más documentos del monasterio de San Vicente de Oviedo anteriores a 1200 », Asturiensia Medievalia, 5 [1985-1986], p. 89-109, nº 5) ; 1151 : divisa « que vulgale vocatur Naurenia » (P. Floriano Llorente, San Vicente…, nº 244) ; 1155 : lugar « que vulgo vocatur Naurenia » (ibidem, nº 254) ; Rodrigo y Lupo, en otra donación a San Vicente de 1147 se refieren a la heredad « vulgo Entratico vocitatam… » (ibidem, nº 224).
50 . No se conserva documentación privada original del monasterio de Corias anterior al siglo XIII, pero el prólogo de su Libro Registro, redactado en 1213, sitúa la fundación del monasterio en el « locum qui vulgo Caurias appellatur  » (Alfonso García Leal, El Registro de Corias, Oviedo, 2000, p. 44).
51 . Isidoro, en una donación entre particulares en 1161, se refiere al lugar « vulgo vocitante Trasali » (P. Floriano Llorente, San Vicente…, nº 276).
52 . José Mattoso, Le Monachisme ibérique et Cluny. Les monastères du diocèse de Porto de l’an mille à 1200, Louvain, 1968, p. 127 y ss. Hemos aplicado esta encuesta al caso asturiano en M. Calleja Puerta, El conde Suero Vermúdez, su parentela y su entorno social. La aristocracia asturleonesa en los siglos XI y XII, Oviedo, 2001, p. 448-450 y 464-466.
53 . Los publica P. Floriano Llorente, San Vicente…, nos 162, 174, 176, 177, 178, 180, 185, 198, 199, 205, 213, 218, 228, 243, 262 y 267. Todos ellos están otorgados por o dirigidos a San Vicente de forma más o menos directa, distribuyéndose en once donaciones, tres dotaciones fundacionales, dos permutas y la adquisición de una tierra por el presumible párroco de Santa María de Lugo, iglesia que era propiedad del monasterio ovetense.
54 . Sobre la escribanía de los obispos y su inestable establecimiento a lo largo del siglo XII, de la que esta pieza es cumplido ejemplo, vid. María Josefa Sanz Fuentes, « Documento y cancillería episcopal en Oviedo anterior a 1300 », Die Diplomatik der Bischofsurkunde vor 1250-La diplomatique épiscopale avant 1250. Referate zum VIII. Internationales Kongress für Diplomatik, Innsbruck, 27. September-3. Oktober 1993, ed. Ch. Haidacher y W. Köfler, Innsbruck, 1995, p. 467-482. Sobre los documentos de la infanta doña Sancha, cuyos documentos fueron a menudo confiados a los monasterios destinatarios, vid. María Encarnación Martín López, « Colección documental de la infanta doña Sancha (1118-1159). Estudio crítico », en León y su Historia. Miscelánea histórica, vol. VIII, León, 2003, p. 139-345 y especialmente p. 179.
55 . « In domino Ihesu, cui iure universa famulantur et apud quem bonorum merita etiam modica nequaquam inremunerata pertranseunt… » (P. Floriano Llorente, San Vicente…, nº 213).
56 . « Quoniam cursus huius temporis inconstans et fragilis etiam ab imperitis nec inmerito iudicatur, preterit namque ut docet Apostolus, figura huius mundi, iustissimum atque equi servantissimum est ut iuxta prophete consilium levemus corda nostra cum manibus ad Deum, a quo et esse et vivere ac vivere ac rationis capaces existere procul dubio obtinemus. Levatur etenim cor set non cum manibus quandiu bonum hominis in voluntate tantum et non in actione consistit. Lavatus autem non sine manibus si extrinsecus que per manus fieri solet operacio, provide boni affectus concordet desiderio. Neutrum enim sine altero ad veram perfectionem sufficere credimus, si tamen extrinsece possessionis facultas non adimatur, in veteri siquidem pagina a legislatore imno ad ipso omnium auctore, israheliticus admonetus populus, ne coram Domino Deo suo appareat vacuus… » (ibidem, nº 205) ; destacan también los nos 176 y 242.
57 . « ut pius Salvator indulgeat peccatis et facinoribus meis in die ire et furoris, cum dederit retributionem iustis et peccatoribus… » (ibidem, nº 176) ; « optantes misericordiam summi conditoris, et de multitudine iniquitatum nostrarum cupientes aliquantisper veniam a pio iudice promereri, offerimus Deo de multitudine diviciarum quas ipse nobis contulit parva munuscula pro remedio animarum nostrarum… » (ibidem, nº 198).
58 . «  iram Dei omnipotentis incurrat, anathemati perpetuo subiaceat, maledictiones que in libro Moysi servi Dei maledictis dantur habeat, in presenti vita semper in obprobium vivat, membris magis necessariis careat, et in futura vita cum Datan et Abiron participium teneat, et cum diabolo et angelis eius ignibus eternis mancipatus permaneat, et quantum in calumpniam miserit in quadruplum reddat, et D libras purissimi auri pulsanti voce monasterii persolvat, et ad partem regis aliud tantum » (ibidem, nº 218).
59Ibidem, nº 218.
60Ibidem, nos 205 y 208.
61 . Ya se indicó en M.J. Sanz Fuentes, « Más documentos del monasterio de San Vicente… », p. 92-93.
62 . Publica el resto P. Floriano Llorente, San Vicente…, nos 240, 241, 244, 248, 254, 255 y 258.
63 . « In Dei nomine Patris videlicet omnium creatoris, cui ex debito humana famulari debet creatura » (ibidem, nº 240) ; « Sub individue Trinitatis nomine, qui ubique non corporaliter per partem divisus sed potencialiter est totus, videlicet Patris, et Filii, et Spiritus Sancti, amen » (ibidem, nº 241) ; « Sub inmense et individue Trinitatis, quem nec spacia locorum, nec intervalla temporum comprehendere possunt » (ibidem, nº 254) ; « In nomine Dei omnipotentis, cuius indicione cuncta sunt posita, et non est qui resistat voluntati sue » (ibidem, nº 255).
64 . « Ego Gundissalvus Pelagii per nimium unimoda mente cum uxore mea, ingens et hoc considerans et providens utrisque nobis lucrum Gelvira Petri videlicet corporis et anime » (ibidem, nº 244) ; da opciones similares ibidem, nos 241, 248, 254 y 255.
65 . « quatinus idcirco possimus tormentu… vadere et regni celesti amena possidere » (ibidem, nº 248) ; « nostrorumque corporum tam nostrarum animarum magnum considerantes lucrum » (ibidem, nº 254).
66 . « Ex decretis legum habetur ut de sua quisque possessione vendat quantum libuerit, quod testamento firmatum iure manebit in eius dicione et potestate qui emerit » (M.J. Sanz Fuentes, « Más documentos del monasterio de San Vicente… », nº 5).
67 . « Hoc notum sit tam presentibus quam futuris, quod isti germani fratres quos prediximus, extra annos puericie erant quando hanc hereditatem quam prediximus, nullo cogente, vendiderunt » (ibidem, nº 5).
68 . « Integro sensu sanaque mente » (P. Floriano Llorente, San Vicente…, nº 248) ; « sana mente integro sensu » (ibidem, nº 258).
69 . « hereditatis mee testamentum quam habui a patre meo medietatem et hoc recta sorte et divisione cum meis fratribus divisam in porcione » (ibidem, nº 244) ; « …villa… que fuit de meo socru Pelagio Roderici que cecidit meo marito supra nominato in portione cum sua germana Iuliana Pelagii medietas, quam dedit mihi en arras vir meus Gundissalvus Pelagii » (ibidem, nº 255).
70 . « illa nostra hereditate quam legitime lucrati sumus nostro in tempore a domna Eldonza Fernandi… propter benivolentiam quam nos non nunquam in vita nostra duximus cum ea » (ibidem, nº 248) ; « villa quam habui… recta sorte ac divisione inter fratres meos… » (ibidem, nº 254).
71 . Se percibe desde 1098 en San Vicente (ibidem, nos 120, 134, 136, 154, 156, 233, 235), y en Cornellana desde 1129 (A.C. Floriano Cumbreño, El monasterio de Cornellana…, nos 9 y 10).
72 . Pedro Floriano Llorente, « Colección diplomática del monasterio de Villanueva de Oscos. Primera serie (años 1136-1200) », Boletín del Instituto de Estudios Asturianos, 102 (1981), p. 127-190, nº 6.
73 . Es la opinión de P. Floriano Llorente, San Vicente…, nº 1, que en la explicación de ese juicio avanza algo más y llega a indicar que « el copista, sobre una realidad de fondo, se dejó llevar por la fantasía, y que el ejemplar que comentamos es algo más que una copia interpolada ». Quede constancia, no obstante, que este diploma ha pasado durante mucho tiempo por algo así como el acta fundacional de la ciudad de Oviedo.
74 . Hemos tratado esta cuestión en María Josefa Sanz Fuentes, « El lenguaje de los documentos falsos », en Orígenes de las lenguas romances en el reino de León, siglos IX-XII, León, 2004, vol. I, p. 126-129 y apéndices 5 y 6.
75 . Vid. con carácter general M.J. Sanz Fuentes, « Documento y cancillería episcopal en Oviedo… ».
76 . Vid., desde el punto de vista del lenguaje, el trabajo monográfico de José Antonio Valdés Gallego, El Liber Testamentorum Ovetensis. Estudio filológico y edición, Oviedo, 2000. Desde una perspectiva diplomática hemos comparado la lengua de los documentos del cartulario con la de los originales conservados en M.J. Sanz Fuentes, « El lenguaje de los documentos falsos… », p. 120-125 y apéndices nos 1-4 ; aquí se resumen las conclusiones de dicho trabajo.
77 . Indica este autor que su estilo formulario es « de cierta calidad estilística y bastante correcto lingüísticamente », y destaca en él su « tendencia normativa y culta » (J.A. Valdés Gallego, El Liber Testamentorum…, p. 436).
78 . Es conocida la alternancia, en referencia a la ciudad de Oviedo, entre la forma Ovetao que es propia de sus más antiguas manifestaciones, y su latinización Ovetum, que comparece documentalmente a fines del siglo XI (Juan Uría Ríu, « Cuestiones histórico-arqueológicas relativas a la ciudad de Oviedo de los siglos VIII al IX », en Symposium sobre cultura asturiana de la Alta Edad Media, Oviedo, 1967, p. 261-328). De todos modos es preciso cuidar las identificaciones de topónimos y sus posibles traducciones, como se demuestra en María Josefa Sanz Fuentes, « Notas de diplomática en torno al topónimo Piedras Albas », Boletín del Real Instituto de Estudios Asturianos, 154 (1999), p. 233-236.
79 . Algo similar observa en la elaboración del Becerro Gótico de Sahagún José Antonio Fernández Flórez, « Paleografía y Diplomática en los documentos altomedievales de León y Castilla (siglos VIII-XII) », Lengua romance en textos latinos de la Edad Media. Sobre los orígenes del castellano escrito, ed. Hermógenes Perdiguero Villarreal, Burgos, 2003, p. 81-93.
80 . S.A. García Larragueta, Colección de documentos de la catedral de Oviedo…, nos 134, 135, 141 y 146.
81 . Así, frente a invocaciones reducidas al simple monograma o a la trinitaria, el redactado en 1117 por el notario regio Juan dice « In Dei Patris nomine et sub Christi regimine cum quo regnat et Spiritus ex utroque perpetuus hec nempe trina Deitas in qua permanet unitas quam fugit falsitas et timet omnis bonitas sit honor nostro Domino et nunc et in perpetuo et ante omne seculum salus virtus imperium amen » (ibidem, nº 137). Destaca en el mismo sentido el preámbulo del documento de 1117 por el que se dona a los canónigos de San Salvador el arcedianato de Oviedo (ibidem, nº 138).
82 . Sirva como ejemplo el preámbulo : « Licet humana fragilitas mundalis negocii exercitium penitus caducum noscat sumopere tamen dum hac in fragili vita fuerit operari nitatur quatinus in eadem memoriam et in novissimo fructum boni operis cum lucro accipere mereatur » (ibidem, nº 150).
83 . « In nomine sancte et individue Trinitatis Patris videlicet ac Filli et Spiritus Sancti qui Deus trinus in distinctione personarum et unum in essentie maiestate cuncta que in celis atque in terra mirabiliter atque ineffabiliter creata constituit, regit, moderatur, ordinat atque disponit per infinita secula seculorum, amen » (ibidem, nº 160). Destaca también la cláusula de sanción : « si quis igitur hostis Dei, iusticie inimicus, misericordie immemor, pietatis destructor,… hoc Dei consilium, hoc sanctum et laudabile inventum, hoc insigne pietatis opus… conturbare, infirmare, aut in quoquam minime presumpserit minorare… ».
84 . María Josefa Sanz Fuentes, « Nueva aportación a la colección documental de la Catedral de Oviedo », Boletín del Real Instituto de Estudios Asturianos, 142 (1993), p. 561-584, nº 2.
85Ibidem, nº 3.
86 . R. Wright, « Textos asturianos de los siglos IX y X… », p. 30.
87 . V. en este sentido Xulio Viejo Fernández, « La llingua de los documentos del monesteriu de San Bartolomé de Nava (sieglos XIII-XIV) », Lletres asturianes, 47 (1993), p. 7-48 y p. 8 ; más recientemente, Id., La formación histórica de la llingua asturiana…, p. 33.
88 . Hemos estudiado el lenguaje de sus documentos y remitimos para más detalles al trabajo de Miguel Calleja Puerta « Un escribano ovetense de principios del siglo XIII : el presbítero Pedro Bono », Orígenes de las lenguas romances en el reino de León, siglos IX-XII, vol. II, León, 2004, p. 465-489.
89 . María Josefa Sanz Fuentes y Juan Ignacio Ruiz de la Peña Solar, Colección diplomática del monasterio de San Vicente de Oviedo (siglos XIII-XV), 1 (1201-1230), Oviedo, 1991, nº 48.
90 . Francisco Javier Fernández Conde e.a., El monasterio de San Pelayo de Oviedo. Historia y fuentes, Colección diplomática (996-1325), Oviedo, 1978, nos 75 y 79.
91 . Lo edita, calificándolo de original sin sombra de duda, Antonio C. Floriano Cumbreño, Colección diplomática del monasterio de Belmonte, Oviedo, 1960, nº 102.
92 . Archivo Histórico Nacional (en adelante, AHN), Clero, carp. 1.596, nº 13.
93 . AHN, Clero, carp. 1.603, nº 14 bis.
94 . Archivo del Monasterio de San Pelayo de Oviedo, Fondo de San Vicente (en adelante, AMSPO, FSV), nº 443.
95 . AMSPO, FSV, nº 913.
96 . AMSPO, FSV, nº 501, al dorso.
97 . Para el caso castellano puede verse la obra de Maurilio Pérez González, El latín de la cancillería castellana (1158-1214), Salamanca, 1985 ; para la primera época de la cancillería leonesa, Estrella Pérez Rodríguez, El latín de la cancillería de Fernando II. Estudio gráfico-fonético y morfológico, basado en los archivos de San Isidoro y la Catedral de León, León, 1986.
98 . Vid. sobre esta cuestión la ponencia de Pilar Ostos Salcedo en estas mismas Actas. Pueden verse también, con distintas opiniones, los trabajos de Robert. A MacDonald, « El cambio del latín al romance en la cancillería real de Castilla », Anuario de Estudios Medievales, 27 (1997), p. 381-413, y Roger Wright, « Latin and Romance in the Castilian Chancery (1180-1230) », Bulletin of Hispanic Studies, LXXIII/2 (1996), p. 115-128, quien fija sus primeras manifestaciones en el tratado de Cabreros (1206) y las Cortes de Toledo de 1207.
99 . Pasó por Asturias y otorgó varios documentos recién adquirido el reino de León, pero todavía son latinos los otorgados en 1231 (Ciriaco Miguel Vigil, Colección histórico-diplomática del Ayuntamiento de Oviedo, Oviedo, 1889, nº V ; Julio González, Reinado y diplomas de Fernando III, vol. II, Córdoba, 1983, nº 298 ; Margarita Fernández Mier, Documentos del Monesteriu de Balmonte, sieglu XIII, Uviéu, 1995, nº 4 ; Archivo Capitular de Oviedo [en adelante, ACO], serie B, carp. 4, nº 17) y 1232 (J. González, Reinado y diplomas de Fernando III…, nos 457, 458 ; Andrés Martínez Vega, El monasterio de Santa María de la Vega. Colección diplomática, Oviedo, 1991, nº 19 ; F.J. Fernández Conde e.a., El monasterio de San Pelayo…, nos 59, 70, 71 y 72 ; P. Floriano Llorente, « Oscos. Primera serie… », nº 15 ; Miguel Calleja Puerta, « Un privilegio de Fernando III al concejo de la puebla de Tineo », Fernando III y su tiempo, 1201-1252. VIII Congreso de Estudios Medievales, León, 2003, p. 397-419).
100 . C. Miguel Vigil, Colección histórico-diplomática del ayuntamiento de Oviedo…, nº VII.
101Facta carta apud Burgensem, III die madii rege exprimente (ibidem, nº XIV).
102Ibidem, nº XVII.
103Ibidem, nos 6, 7 y 10 ; Luciano Serrano, Cartulario de San Vicente de Oviedo (781-1200), Madrid, 1929, nº 342 ; F.J. Fernández Conde e.a., El monasterio de San Pelayo…, nos 100, 101, 125, 129 y 131 ; María Soledad Suárez Beltrán, « Privilegios de Alfonso X a la Catedral de Oviedo », Asturiensia Medievalia, 5 (1985-1986), p. 155-169 ; A. Martínez Vega, Santa María de la Vega…, nº 35 ; E. Benito Ruano, Colección diplomática del archivo del Excelentísimo Ayuntamiento de Avilés, nos 4, 6 y 13 ; M. Fernández Mier, Documentos del monesteriu de Balmonte…, nos 43, 85 y 86.
104 . F.J. Fernández Conde e.a., El monasterio de San Pelayo…, nº 47.
105 . « Nos inquisitores domni Aldefons regis Legionensis notum facimus per hanc cartam omnibus hominibus quod Sancto Thomas de Mollano tam de vello quam de novo est de Sancto Pelagio de Ovecto et dederunt eam in prestamo a Roi Moniz et illas inquisas de illo rege dederunt illam a Sancto Pelagio » (ibidem, nº 25).
106 . « a todos los omnes que viren estas letras salut e amor. Sabades que yo meto al abba e al conviento de Villa Nueva d’Oscos ena heredat de Villa Amir que Gonzalo Menendez ha tomado por forcia, e meu merino Fernan Ihannes ia otra vegada ela entregara al abbat e al conviento e la quotara en… morabidís, e depúes… ». Lo edita como original P. Floriano Llorente, « Oscos. Segunda serie… », nº 40.
107 . F.J. Fernández Conde e.a., El monasterio de San Pelayo…, nº 93.
108 . Ibidem, nº 96.
109 . L. Serrano, Cartulario de San Vicente…, nº 340.
110 . A.C. Floriano Cumbreño, El monasterio de Cornellana…, nº 12.
111 . F.J. Fernández Conde, El monasterio de San Pelayo…, nº 116 ; E. Benito Ruano, Ayuntamiento de Avilés…, nos 17, 21 y 25.
112 . M. Fernández Mier, Balmonte…, nº 114.
113 . C. Miguel Vigil, Colección histórico-diplomática del ayuntamiento de Oviedo…, nos XV y XVI.
114 . AMSPO, FSV, nos 987, 1.059, 672, 546, 996, 496, 866, 989, 676, 991, 992, 681, 929, 847, 930, 999 y 931 ; C. Miguel Vigil, Colección histórico-diplomática del ayuntamiento de Oviedo…, nº XX ; F.J. Fernández Conde e.a., San Pelayo…, nos 94, 95, 98, 105, 108, 112, 113 ; M. Fernández Mier, Balmonte…, nº 50.
115 . AMSPO, FSV, nº 1.050.
116 . AMSPO, FSV, nº 546.
117 . AMSPO, FSV, nº 430.
118 . C. Miguel Vigil, Colección histórico-diplomática del ayuntamiento de Oviedo…, nos XXIX y XXXVII.
119Ibidem, nº XL.
120Ibidem, nos LXI, LXIII y LXIV.
121 . Edita el documento Juan Ignacio Ruiz de la Peña Solar, « Cuaderno de la pesquisa de las heredades realengas del concejo de Oviedo en el alfoz de Nora a Nora (1289-1317) », Boletín del Real Instituto de Estudios Asturianos, 142 (1993), p. 585-614.
122 . María Josefa Sanz Fuentes, « Documentos medievales del monasterio de Santa María de Obona en la Chancillería de Valladolid », Revista de Filoloxía Asturiana, 2 (2002), p. 155-191, nº 3.
123 . E. Benito Ruano, Ayuntamiento de Avilés…, nº 3.
124Ibidem, nº 19.
125 . M. Fernández Mier, Balmonte…, nos 77 y 80.
126Ibidem, nº 81.
127Ibidem, nº 92.
128 . E. Benito Ruano, Ayuntamiento de Avilés…, nº 7.
129Ibidem, nº 15.
130 . Ya lo hemos indicado en María Josefa Sanz Fuentes, « Documento notarial y notariado en la Asturias del siglo XIII », en Notariado público y documento privado : de los orígenes al siglo XIV. Actas del VII Congreso Internacional de Diplomática, vol. I, Valencia, 1989, p. 245-269, especialmente p. 254. Lo mismo se ha observado en otras regiones como Galicia, según expone Manuel Lucas Álvarez : « El notariado en Galicia hasta el año 1300. Una aproximación », ibidem, p. 331-476 y especialmente p. 343.
131 . AHN, Clero, carp. 1.601, nº 14.
132 . M.J. Sanz Fuentes, « Documentos medievales de Obona… », nos 4 y 5.
133 . M. Fernández Mier, Balmonte…, nº 102.
134 . Alfonso García Leal, Colección diplomática del monasterio de San Juan Bautista de Corias, Oviedo, 1998, nos 8 y 9.
135 . Cfr. M.J. Sanz Fuentes, « Documento notarial y notariado… », p. 251. Ofrecemos una relación de los documentos suscritos por este notario en el apéndice de este mismo trabajo.
136 . Cfr. M.J. Sanz Fuentes, « Nueva aportación… », p. 562 y nº 1.
137 . F.J. Fernández Conde e.a., San Pelayo…, nº 115.
138 . Por ejemplo AHN, Clero, carp. 1.600, nos 11, 12, 14 y 17 ; o bien ACO, serie A, nos 8 y 9.
139 . AHN, Clero, carp. 1602, nº 14.
140 . F.J. Fernández Conde e.a., San Pelayo…, nº 117 ; ACO, serie A, carp. 8, nº 8.
141 . F.J. Fernández Conde e.a., San Pelayo…, nº 119.
142 . ACO, serie A, carp. 8, nº 8 ; AHN, Clero, carp. 1.601, nos 1 bis y 18 ; AHN, Clero, carp. 1.602, nos 12 y 14.
143 . AHN, Clero, carp. 1.602, nº 11.
144 . AHN, Clero, carp. 1.603, nº 2.
145 . AHN, Clero, carp. 1600, nos 11, 16, 17 y 20 ; F.J. Fernández Conde e.a., San Pelayo…, nos 117, 127 y 147 ; ACO, serie A, carp. 8, nos 8 y 9.
146 . F.J. Fernández Conde e.a., San Pelayo…, nº 119.
147 . C. Miguel Vigil, Colección histórico-diplomática del ayuntamiento de Oviedo…, nº XXX.
148 . ACO, serie A, carp. 8, nº 13 ; AHN, Clero, carp. 1.602, nº 15.
149 . AHN, Clero, carp. 1.602, nº 10.
150 . AHN, Clero, carp. 1602, nº 7 y carp. 1.603, nº 4.
151 . Respectivamente E. Benito Ruano, Ayuntamiento de Avilés…, nº 5 ; ACO, serie A, carp. 9, nos 6 y 16.
152 . ACO, serie A, carp. 10, nº 4.
153 . ACO, serie A, carp. 10, nº 5.
154 . E. Benito Ruano, Ayuntamiento de Avilés…, nº 12.
155Ibidem, nos 8 y ss.
156 . F.J. Fernández Conde e.a., San Pelayo…, nº 128 ; M. Fernández Mier, Balmonte…, nº 84.
157Ibidem, nos 96 y 97.
158Ibidem, nº 101.
159Ibidem, nº 110 ; F.J. Fernández Conde e.a., San Pelayo…, nº 165.
160 . Puede verse numerosos ejemplos en E. Benito Ruano, Ayuntamiento de Avilés… ; pero también un caso de 1289 en que junto a la invocación latina se romancea « feyta la carta » y « presentes » (AHN, Clero, carp. 1.602, nº 13).
161 . En 1274 el notario público de Luarca mantiene el latín únicamente en la invocación (Rafael Lapesa Melgar, El dialecto asturiano occidental en la Edad Media, Sevilla, 1998, nº 20).
162 . Juan Ignacio Ruiz de la Peña Solar, « Documentos medievales del desaparecido archivo del monasterio de San Salvador de Celorio », Boletín del Real Instituto de Estudios Asturianos, 140 (1992), p. 437-452, nº 1.
163 . F.J. Fernández Conde e.a., San Pelayo…, nos 141, 153 157 y 159.
164Ibidem, nº 149.
165 . ACO, serie A, carp. 10, nº 7.
166 . F.J. Fernández Conde e.a., San Pelayo…, nº 138 ; M. Fernández Mier, Balmonte…, nos 87, 88 y 93.
167Ibidem, nos 112 y 113 ; José Ignacio Fernández de Viana y Vieites, « Pergaminos del monasterio de Cornellana (Asturias) en el archivo de San Payo de Antealtares (Santiago) », Asturiensia Medievalia, 4 (1981), p.297-399, nº 19.
168 . María Josefa Sanz Fuentes, « Documentos del monasterio de San Pedro de Villanueva (siglos XII-XIII) », Estudis Castellonencs, 6 (1994-1995), p. 1333-1342, nº 4.
169 . José Antonio Álvarez Castrillón, Los Oscos en los siglos X-XIII. Un modelo de organización social del espacio en la Asturias medieval, Oviedo, 2001, nº 2 ; M. Fernández Mier, Balmonte…, nº 120.
170 . Sobre los documentos de los obispos de Oviedo vid., con carácter general, M. J. Sanz Fuentes, « Documento y cancillería episcopal… ».
171 . Juan Ignacio Ruiz de la Peña, « Fueros agrarios asturianos del siglo XIII », Asturiensia Medievalia, 4 (1981), p. 131-196, nº 1.
172 . AHN, Clero, carp. 1.596, nº 6.
173 . ACO, serie A, carp. 6, nº 10.
174 . J.I. Ruiz de la Peña, « Fueros agrarios… », nº 4.
175Ibidem, nº 5.
176 . AHN, Clero, carp. 1.598, nº 15 y carp. 1.599, nos 6 y 9
177 . I. Ruiz de la Peña, « Fueros agrarios… », nº 8.
178 . Juan Ignacio Ruiz de la Peña Solar, « Parroquias, concejos parroquiales y solidaridades vecinales en la Asturias medieval », Asturiensia Medievalia, 7 (1993-1994), p. 105-122, p. 122 ; F.J. Fernández Conde e.a. : San Pelayo…, nº 124 ; AHN, Clero, carp. 1.599, nos 13 y 14.
179 . Cfr. Víctor Manuel Rodríguez Villar, Libro de Regla del Cabildo (Kalendas I). Estudio y edición del manuscrito nº 43 de la Catedral de Oviedo, Oviedo, 2001, p. 135.
180 . ACO, serie A, carp. 7, nº 4.
181 . ACO, serie B, carp. 5, nº 1.
182 . Juan Ignacio Ruiz de la Peña, Las « polas » asturianas en la Edad Media. Estudio y diplomatario, Oviedo, 1981, nº 21 ; ACO, serie B, carp. 5, nº 19 ; María Josefa Sanz Fuentes, « Notas de Diplomática en torno a tres documentos asturianos (1296-1301) », Rubrica, 5 (1993), p. 33-39, nº II.
183 . ACO, serie B, carp. 6, nº 7.
184 . ACO, serie A, carp. 10, nº 16.
185 . Vid. los documentos que publicamos en María Josefa Sanz Fuentes, « Documentos de D. Fernando Alfonso, obispo de Oviedo (1296- 1301) », Studium Ovetense, 22 (1994), p. 465-482.
186Ibidem, nº 2.
187 . J.I. Ruiz de la Peña, Las « polas »…, nos 25 y 26.
188 . M.J. Sanz Fuentes, « Documentos de D. Fernando Alfonso… », nº 7.
189Ibidem, nº 4.
190Ibidem, nos 3 y 12 ; María Josefa Sanz Fuentes, El hospital de San Juan de Oviedo en la Edad Media. Nuevos documentos para su historia, Oviedo, 1997, nº 10.
191 . Las recogemos en M.J. Sanz Fuentes, « Documentos de D. Fernando Alfonso… », nos 8, 9, 11, 15, 16 y 17.
192 . ACO, serie A, carp. 8, nos 6, 12 y 16 ; ACO, serie A, carp. 9, nos 1 y 11 ; AHN, Clero, carp. 1.600, nº 21.
193 . Por ejemplo en M.J. Sanz Fuentes y J.I. Ruiz de la Peña, San Vicente de Oviedo…, nos 11, 20, 22, 45, 46, 88, 96, 105, 128 y 138.
194Ibidem, nº 3.
195Ibidem, nº 26.
196Ibidem, nº 56.
197 . « Facta karta mense maii era Mª CCª LXXª IIIª. Qui presentes fuerunt » (L. Serrano, Cartulario de San Vicente…, nº 335).
198 . AMSPO, FSV, nº 826.
199 . L. Serrano, Cartulario de San Vicente…, nº 339.
200 . J.I. Ruiz de la Peña, « Fueros agrarios… », nº 7.
201Ibidem, nos 9 y 10.
202 . « Regnante rege Fernando en León, ye en Castiella, ye en Córdova, ye en Toledo, ye en Badaloz. Garçía Rodríguiz Carnota maiorino in voce regis in totis Asturiis. Domno Roderico electo in sede Oveti. Ramilus Floriz tenente villa Oveti ; su manu illius Martinus Xira. Facta karta in kalendis madii, sub era Mª CCª LXXXª Iª.
Qui presentes fuerunt in Oveto : Elías Rosiello ; Alfonso Rosiello ; Andro Girón ; Pero Bono, clérigo del electo ; Pero Gutiérriz ; Iohan Peyre, alfayat ; Miguel Fernándiz ; Fernán Miguélliz ; Nicolao Fernándiz ; Ruy Gonçáliz, tendero ; Tomás Martíniz ; Bartolomé Iohánniz, alfayat ; Iohan Ninno, cusdurero ; Menén Peláiz.
His sunt testes de Teverga : Fernán López, Goncalvo Fernándiz, Pero Peláiz, Pele Martíniz, Martín Peláiz, Don Marchos, Alvar Alfonso, omnes isti sunt canonici ; Pele Martíniz de Tameza ; Iohan Moro de San Petro, laicus ; Fernán Iohánnis et alii plures » (ACO, serie A, carp. 15, nº 15).
203 . J.I. Fernández de Viana, « Pergaminos de Cornellana… », nº 4 ; otros testimonios de este escribano ibidem, nos 17, 18, 19, 20 y 21.
204 . M. Fernández Mier, Balmonte…, nº 23.
205Ibidem, nº 49.
206Ibidem, nos 52, 61 y 62.
207Ibidem, nº 78 ; J.I. Ruiz de la Peña, Las polas…, nº 6 ; M. Fernández Mier, Balmonte…, nº 91.
208 . F.J. Fernández Conde e.a., San Pelayo…, nº 92.
209 . M.J. Sanz Fuentes, « Documentos medievales de Obona… », nº 2 ; María Josefa Sanz Fuentes, « Documentación medieval del monasterio de Santa María de Obona en el Archivo Histórico Diocesano de Oviedo », Asturiensia Medievalia, 8 (1995-1996), p. 291-339, nº 75.
210 . C. Miguel Vigil, Colección histórico-diplomática del ayuntamiento de Oviedo…, nº 25.