[p. 581] La Escribanía Señorial Navarra de San Juan1
Aparte de la cancillería real, no hubo ninguna otra cancillería en el reino de Navarra durante la Baja Edad Media. Ni los príncipes y miembros de la familia del rey, ni los obispos y dignatarios eclesiásticos, ni los señoríos laicos, disponen de un órgano propio para la expedición de sus documentos. Por ello resulta una excepción muy significativa la existencia, aproximadamente de un siglo, de una escribanía creada al servicio de la expedición de documentos de un señorío eclesiástico.
San Juan de Jerusalén es el señorío eclesiástico más brillante del reino. Y esto no solo por su extensión, quizá comparable con la del que le sigue en importancia, Roncesvalles; sino también por la extraordinaria personalidad de sus señores, algunos priores de los siglos XIV y XV que son auténticos príncipes, aun cuando no sean de sangre real. Basta citar, como ejemplos, las figuras de frey Monteolivo de Laya, Gobernador, Lugarteniente General del reino en la época de Carlos II; o la de frey Juan de Beaumont, fundador del monasterio del Crucifijo, miembro de una de las más ilustres familias nobiliarias, sobresaliente en la política y en las guerras del siglo XV. No hay señorío laico comparable a los mencionados.
Llama poderosamente la atención el hecho de que, mientras los príncipes laicos y eclesiásticos del reino de Navarra se sirven del notariado concejil, real o del tribunal de la Cort para la expedición de sus documentos, el priorado de San Juan sea la única entidad que crea y tiene una escribanía propia.
Y esta se halla perfectamente documentada. Un millar de documentos conservados [p. 582] (557 de los siglos XII y XIII, 398 del XIV), numerosos códices y otros libros administrativos del referido priorado, sirven para descubrir en ellos testimonios indiscutibles de la prolongada existencia de la escribanía prioral, que funcionó entre 1212 y 1316.
Naturalmente, no todos los documentos y libros del priorado son obra de miembros de la escribanía; incluso se puede afirmar que los que se conservan y son atribuibles a ella ni siquiera constituyen mayoría. Pero los documentos subsistentes permiten dibujar con suficiente precisión histórica los perfiles más acusados de la génesis, desarrollo y extinción de la escribanía.
Los priores de Navarra de la Orden de San Juan en cuya época funcionó la escribanía son:
Jimeno de Murieta | 1196–1214 |
Frontin de Aldava | 1215–1223 |
Ramiro de Falces | 1225–1231 |
García Artiga | 1232–1234 |
Juan Iñiguez | 1233–1237 |
García Artiga (Gran Comendador) | 1234–1240 |
Juan Martínez de Mañeru | 1240–1250 |
Diego Pérez | 1251 |
Juan Jiménez de Obanos | 1252–1269 |
Pedro Sánchez de Igúzquiza | 1269 |
Ramón de Crebayn | 1270 |
Pedro Miguel de Iriberri | 1270 |
Enrique de Vervilla | 1273–1283 |
Pedro Miguel de Iriberri | 1284 |
Juan de Nancin | 1285–1286 |
Ramón de Crebayn | 1287–1291 |
Pedro Miguel de Iriberri | 1291–1297 |
Jordan de Chalderach | 1297–1302 |
Guy de Severach | 1302–1312 |
Pedro de Chalderach | 1312–1316 |
Artal de Echavano | 1317–1332 |
Esta es la nómina de notarios de la escribanía prioral:
Pedro Jiménez | 1215–1222 |
Fortunio de Arózpide | 1226–1230 |
García Arnald | 1231 |
Martín Pérez de Estella | 1232–1233 |
García López | 1243 |
Deusaiuda | 1246 |
Juan López | 1248–1251 |
Pedro Martín de Salinas de Monreal | 1252–1290 |
Salvador Martínez de Jaca | 1292–1294 |
Juan Ibánez de Echavarri | 1298–1303 |
Juan Ibáñez de Ganuza | 1307–1316 |
[p. 583] La escribanía funcionó entre 1212 y 1316, según acreditan los documentos. Desaparece en los comienzos del siglo XIV, cuando, paradójicamente, la Orden vive uno de los más esplendorosos momentos de su existencia como señorío en el reino y cuando crea en Rodas, su sede central, una cancillería propia.
1. La expedición de documentos en el siglo XII.
Es muy dificil saber el procedimiento que siguen los priores y comendadores de Navarra en el siglo XII, para emitir sus documentos. Del examen de los 103 documentos conservados resulta que son muy pocos los que conservan la mención de su autor material. De ellos, hay 13 en que el prior figura como otorgante o autor jurídico; solo en 3 hay suscripción de escriba, que son:
GPN n° | Fecha | Suscripción |
29 | 1163 ene | Vileumus capellanus hanc cartam dictando scripsit |
60 | 1189 abr 27 | Silvester Stelle me scripsit |
62 | (1189) | Raimundus scriptor |
La escueta suscripción no permita saber si se trata de escribanos laicos o eclesiásticos, miembros de la Orden o ajenos a ella.
A estos escribas hay que sumar otros dos autores materiales de documentos relativos a encomiendas del priorado, que parecen ser miembros de la Orden:
GPN n° | Fecha | Suscripción |
69 | 1192 jun | Petrus Arnaldi, capellanus in Calcetas, hanc cartam scripsit |
102 | 1199 dic 21 | Garsias scriba de Çiçur me scripsit |
Ningún dato permite establecer relaciones entre estos escribas y los autores materiales de las numerosísimas donaciones de esta época a favor del Hospital, la mayor parte de cuyos nombres son desconocidos.
Tampoco la validación del documento sirve para aclarar la cuestión. Como es habitual en la documentación de la época, las signatures de los otorgantes, la mención de „fianzas‟, o de „testigos‟, el uso de la fórmula del „regnante‟, semejante en todos los documentos, no permite deducir ninguna conclusión2.
[p. 584] Si hubiera que reparar en algún pormenor, aun siendo insignificante, cabría indicar la presencia de un capellán del Hospital entre los testigos de un documento; alguna mención de „freires‟ en la fórmula del „regnante‟; y la aparentemente creciente preferencia por las sedes de encomienda como data tópica en la redacción de documentos3.
Los primeros años del siglo XIII, con documentos más abundantes, no difieren de los anteriores en características del tenor diplomático, especialmente en lo referente a suscripciones y validación.
Aunque el prior Jimeno de Murieta utiliza para la redacción de sus documentos a notarios públicos conocidos, como Miguel de Siscar o Pedro Forcii4, dos documentos suyos fueron redactados por Lope Martínez de Cizur Menor, sacerdote, que es posible fuera freire de San Juan:
GPN n° | Fecha | Suscripción |
131 | 1205 | Et ego Lupus Martineiç qui scripsi hanc cartam |
140 | 1210 nov | Sacerdos Dei gratia Lupus Martineiç de Ciçur Minor scripsit |
2. Los primeros escribas del prior.
La primera mención de un escriba de prior es del año 1212 y corresponde a Pedro Jiménez, notario del prior Jimeno de Murieta, y de su sucesor Frontin.
Desde esa fecha hasta 1240, él y otros tres escribas sucesores suyos, redactan documentos de los priores Ramiro de Falces, García Artiga y Juan Iñiguez: son los escribas Fortunio de Arózpide, García Arnald y Martín Pérez de Estella. Cierra la primera mitad del siglo XIII el priorado de Juan Martínez de Mañeru, que utilizó tres escribas: García López, Deusaiuda y Juan López.
Pedro Jiménez. Comienza a utilizar el título de escriba de prior en suscripciones de documentos del priorado de Jimeno de Murieta (1196–1214) y continúa siéndolo en el priorado de Frontin de Aldava (1215–1223). Estos son los documentos priorales del iniciador de la escribanía:
[p. 585] GPN n° | Fecha | Suscripción |
146 | 1212 | Petrus Eximini, escriba prioris |
151 | 1213 | Domnus Petrus Eximini, notarius |
152 | 1214 | (sin mención de escriba) |
155 | 1215 jun | Petrus Eximini, notarius prioris Hospithalis in regno Nauarre, iussu predicti domni Guomiz et iamdicte domne Tirasie et predictorum fratruum Hospithalis, hanc cartam scripsit |
158 | 1215 dic | Petrus Eximini, notarius prefati prioris, iussione P. Guillelmi Palmarii et iussione omnium filiorum, hanc cartam scripsit |
159 | 1215 dic | (sin mención de notario) |
164 | 1217 feb | Et ut hec donacio firmior teneretur in posterum, Petrus Eximini, iamdicti prioris notarius, ex mandato Iohannis de Vara et prioris prenominati, hanc cartam scripsit et per alphabetum diuisit |
165 | 1217 jun | Petrus Eximini scripsit |
166 | 1219 mar | Petrus Eximini, iamdicti prioris notarius, hanc cartam scripsit |
182 | 1222 feb | Et P. Eximini notario nostro (entre los testigos) |
185 | 1223 may | (sin mención de notario) |
En la suscripción, Pedro Jiménez se intitula „notarius prioris‟ y hace constar la „iussio‟ de los otorgantes de los documentos de compraventa o de las frecuentes donaciones a la Orden. En el documento de febrero 1217 aparece for primera vez la fórmula de carácter confirmativo de la „iussio‟ prioral y el anuncio de validación, que serán, como más adelante se expondrá, las notas características de la redacción de documentos por la escribanía.
En el documento de febrero de 1222, última referencia documental del notario Pedro Jiménez, aparece entre los testigos el capellán del prior, Fortunio, que será su sucesor en la escribanía. Siendo todavía notario del prior Pedro Jiménez, Fortunio es el autor material de un documento prioral de concesión de franquicias a los collazos de la Orden en Zufia:
GPN n° | Fecha | Suscripción |
176 | 1221 may 17 | Facta carta per manum fratris Fortunii, nostri uidelicet capellani |
[p. 586] Fortunio de Arózpide. Segundo titular de la escribanía, capellán del prior, sacerdote, ejerce de „exarator‟ durante el priorado de Ramiro de Falces. Desde 1230 deja la escribanía al ser nombrado comendador de Bargota; más tarde los documentos lo mencionan como capellán del prior y en 1240 como comendador de Cizur5.
Aparte de los citados, estos son los documentos que de él conocemos:
GPN n° | Fecha | Suscripción |
194–195 | 1226 abr 25 | Presentibus … fratre Fortunio, capellano dicti prioris, qui de mandato nostro presentem paginam exarauit |
197 | 1226 | Actum est hoc sub era Ma CCa LXa IIIIa, a fratre Fortunio de Arozpide |
203 | 1227 | Fr. Furtunii capellani (entre los freires otorgantes de un censo) |
218 | 1229 | Frater Fortunius de Arozpide, qui hunc fermem accepit |
219 | 1229 | Frater Fortunius de Arozpide (entre los freires que reciben una donación a Bargota) |
221 | 1230 ene | Frater Fortunius de Arozpide, qui dictos fermes accepit presentemque paginam exarauit |
223–224 | 1230 mar | Frater Fortunius de Arozpide (entre los testigos) |
225 | 1230 abr | Fratre Fortunio de Arozpide, qui presentem paginam exarauit |
226 | 1230 abr 13 | Frater Fortunius de Arozpide qui istos fermes accepit in uoce Hospitalis superius nominati |
230 | 1230 jul 20 | Frater Fortunius sacerdos (entre los testigos que declaran en un pleito) |
García Arnald. En el documento de 20 jul 1230, última cita de Fortunio de Arózpide, declara también como testigo „Garsias Arnaldi, testis iuratus‟, que será su sucesor en la escribanía.
Esta es la única referencia documental conservada:
GPN n° | Fecha | Suscripción |
233 | 1231 feb 19 | Garcia Arnald, scriptor dicti prioris, presentem paginam memorie comandauit |
[p. 587] Martín Pérez de Estella. Autor material del único documento conservado y con indicación de su procedencia de la escribanía prioral de García Artiga:
GPN n° | Fecha | Suscripción |
241 | (1232–1234) | Martinus Petri de Stella, notarius dicti prioris, presentem cartulam scripsit |
Del priorado de Juan Iñiguez, de la segunda época de García Artiga (Gran Comendador) e incluso de los primeros años del priorado de Juan Martínez de Mañeru, no muy abundantes en documentos, no se conserva ninguna referencia a la escribanía, como puede verse en los documentos priorales:
GPN n° | Fecha | Suscripción |
262 | 1235 | (sin mención de notario) |
291 | 1240 sep | (sin mención de notario) |
292 | 1240 oct | (sin mención de notario) |
293 | 1240 oct | (sin mención de notario) |
294 | 1241 ene | (sin mención de notario) |
296 | 1242 ene | (sin mención de notario) |
299 | 1242 | (sin mención de notario) |
Desde 1243 se reanuda la sucesión de escribanos, con los tres del priorado de Juan Martínez de Mañeru:
García López, del que solo hay una referencia documental:
GPN n° | Fecha | Suscripción |
301 | 1243 jul 20 | Et Garcia Lupi, notarius dicti prioris, qui de mandato dicti prioris preçentem paginam exarauit |
Deusaiuda, algo más documentado; única signatura de la escribanía:
GPN n° | Fecha | Suscripción |
307 | 1245 dic 3 | Frater Deusaiuda, scriba nostro |
309 | 1246 abr 25 | Fraire Deusaiuda, nuestro escriuano |
310 | 1246 jun 3 | Ego frater Deusaiuda de mandato domni prioris et rogatu vicinorum de Taxonar hanc cartam scripsi et hoc signum feci (signo) |
Juan López. Frente a los tres documentos que son obra de la escribanía, hay siete en que no consta su autor material. El último de los recogidos corresponde ya al priorado de Diego Pérez:
[p. 588] GPN n° | Fecha | Suscripción |
316 | 1247 | (sin mención de notario) |
317 | 1247 | (sin mención de notario) |
320 | 1248 may 27 | (sin mención de notario) |
321 | 1248 jun 21 | Et ego J. Lupi, qui hanc cartam scripsi de mandato predicti prioris, cuius sum scriptor |
324 | 1249 mar 1 | (sin mención de notario) |
325 | 1249 abr | Et ego J. Lupi, scriptor prefati prioris, qui de mandato suo et aliorum fratrum hanc cartam scripsi die et anno prefixis |
327 | 1249 jul 1 | (sin mención de notario) |
329 | 1249 | (sin mención de notario) |
333 | 1250 abr 22 | (sin mención de notario) |
336 | 1251 mar 6 | Et io, Johan Lopez, escriuano del deuantdito prior, qui por mandamiento de amas las partidas estas cartas por a b c partidas escriui |
3. El apogeo de la escribanía: Pedro Martín de Salinas.
El nombre de este notario de prior aparece en 65 documentos, comprendidos entre los años 1246 y 1290, de los cuales daremos inmediatamente la lista. Es autor material de 55 de ellos, el primero fechado en 1252, por lo que ejerció el oficio de escribano durante 38 años. Los documentos restantes lo mencionan como testigo, receptor de „fermes‟ para el Hospital, o como notario.
Los documentos en cuestión están escritos en romance, excepto dos de ellos6, latinos. Por su contenido se pueden clasificar así:
7 documentos de donaciones a la Orden7
4 documentos de donados y paniaguados8
20 documentos de censales9
10 documentos relativos a collazos de la Orden10
3 documentos de reconocimiento de pago de deudas11
3 documentos de permuta12
2 documentos de testamento13
1 documentos de convenio o acuerdo14
1 documentos de reconocimiento prioral de una fundación15
1 documentos de donación hecha por el prior16
1 documentos de recepción de fiadores17
1 documentos de autorización prioral a un comendador18
1 documentos de entrega de tierras para cultivo a medias19
55 documentos redactados por Pedro Martín de Salinas
[p. 589] De la misma época hay 21 documentos priorales sin mención de notario o expedidos por otros notarios (7 censales20, 3 de collazos21, 2 de compraventa22, 5 permutas23, 3 acuerdos o convenios24 y 1 donación hecha por el prior25). He aquí la lista de todos ellos (el 2° grupo con numeración romana):
Documentación de la época de la escribanía de Pedro Martín de Salinas
GPN | |||
1° | 2° | n° | Fecha |
1 | 312 | 1246 dic 25 | |
2 | 340 | 1252 mar 4 | |
I | 349 | 1253 | |
3 | 362 | ¿1254? | |
4 | 363 | 1255 | |
5 | 368 | 1255 nov 7 | |
II | 369 | 1256 ene 20 | |
6 | 372 | 1257 abr 1 | |
7 | 375 | 1257 nov | |
8 | 376 | 1257 | |
III | 379 | 1258 may 13 | |
9 | 382 | 1259 ago 29 | |
IV | 384 | 1260 abr 23 | |
10 | 385 | 1260 may 14 | |
11 | 386 | 1260 ago | |
V | 387 | 1260 nov 22 | |
VI | 389 | 1261 feb 6 | |
12 | 391 | 1261 may 22 | |
VII | 393 | 1262 feb 19 | |
13 | 394 | 1262 mar 4 | |
VIII | 395 | 1262 sep 24 | |
14 | 396 | 1262 dic 5 | |
[p. 590] | IX | 398 | 1263 feb 7 |
X | 399 | 1263 mar | |
15 | 401 | 1264 mar 21 | |
16 | 413 | 1269 mar 27 | |
17 | 415 | 1269 oct 25 | |
18 | 417 | 1270 ago 1 | |
19 | 418 | 1272 may 11 | |
20 | 419 | 1273 feb 15 | |
21 | 422 | (1273–1274) | |
XI | 424 | 1274 ene 18 | |
22 | 425 | 1274 ene 18 | |
23 | 427 | 1274 may 2 | |
24 | 428 | 1274 sep 1 | |
25 | 429 | 1274 sep 7 | |
26 | 430 | 1275 jun 27 | |
27 | 433 | 1276 ene 27 | |
28 | 434 | 1276 feb 6 | |
29 | 435 | 1276 may 15 | |
XII | 436 | 1276 jun 3 | |
30 | 437 | 1276 jul 22 | |
XIII | 439 | 1276 oct 19 | |
XIV | 445 | ¿1277? | |
31 | 446 | 1278 ene 12 | |
XV | 447 | 1278 ene 18 | |
32 | 448 | 1278 mar 12 | |
XVI | 449 | 1278 may 16 | |
33 | 450 | 1278 jun 1 | |
34 | 451 | 1279 mar 5 | |
35 | 453 | 1279 nov 10 | |
36 | 454 | 1279 nov 18 | |
37 | 457 | 1280 may 17 | |
38 | 459 | 1281 oct 26 | |
39 | 460 | 1281 dic 27 | |
40 | 462 | 1282 abr 13 | |
41 | 469 | 1282 oct 5 | |
42 | 470 | 1282 nov 18 | |
43 | 473 | 1283 may 1 | |
44 | 475 | 1283 jul 10 | |
45 | 476 | 1283 sep 27 | |
46 | 477 | 1284 ene 19 | |
47 | 479 | 1284 feb 19 | |
48 | 481 | 1284 jul 1 | |
XVII | 482 | 1284 sep 1 | |
49 | 483 | 1285 mar 23 | |
50 | 484 | 1285 sep 18 | |
51 | 488 | 1286 mar 28 | |
52 | 491 | 1287 ene 29 | |
53 | 492 | 1287 jul 1 | |
54 | 497 | 1288 dic 23 | |
55 | 499 | 1289 ene 6 | |
56 | 500 | 1289 ene 9 | |
57 | 502 | 1289 may 11 | |
58 | 506 | 1289 nov 28 | |
59 | 507 | 1289 dic 1 | |
60 | 511 | 1289 dic 27 | |
61 | 515 | 1290 may 5 | |
XVIII | 516 | 1290 may 27 | |
62 | 517 | 1290 jul 12 | |
XIX | 518 | 1290 jul 12 | |
63 | 520 | 1290 oct 16 | |
64 | 521 | 1290 nov 19 | |
XX | 522 | 1290 nov 19 | |
XXI | 523 | 1290 nov 25 | |
65 | 529 | 1291 ago 16 |
1° = Documentos referentes a Pedro Martín de Salinas
2° = Documentos de otros notarios o sin mención de ellos
Todas las referencias de este capítulo 3 se hacen a la numeración de los documentos de la lista precedente.
[p. 591] Menciones de Pedro Martín de Salinas en documentos no escritos por él
N° 1 = Petrus Martini de Salinis testis
N° 22 = Pedro Martin de Saillinas qui priso el ferme deuandito en uoç del Hospital de San Johan
N° 27 = Don Pero Martinez escriuano del prior (entre los testigos)
N° 34 = Don Pero Martinez de Salinas cerqua Monreal (entre los testigos)
N° 41 = E don Pero Martinez de Salinas (entre los testigos)
N° 48 = E don Pero Martineiz, escriuan paneaygat en Ciçurr (entre los testigos)
N° 57 = Don Pero Martinez de Sayllinas (entre los testigos)
N° 63 = Don Pero Martin (entre los testigos)
N° 64 = E don Pero Martinez de Salinas (entre los testigos)
N° 65 = segunt se muestra por la carta que yo tiengo, feita por mano de don Pero Martiniç de Salinas, notario del dito don freire Remon, seeyllada con el seyeyllo pendient de don Gerin de Amplepuys, Gouernador de Nauarra, e con los seyellos de los comendadores; que por la dita carta que don Pero Martiniç fizo se muestra …
Documentos contemporáneos priorales, sin mención de escribano o de otros notarios
N° I = Sin mención de escribano
N° II = Sin mención de escribano
N° III = Et io Rodrigo, cappellano de Bargota, por mandamiento del dito comendador e de los frares de suso nomnados, escriui esta present carta en testimoniança de las deuanditas cosas
N° IV = Sin mención de escribano
N° V = Garcia Periç, publico scriuano en Calchetas e jurado de conçello
N° VI = Pero Xemeniz de Calchetas, publico scriuano jurado del concello de Tudela
N° VII = Petrus Bernardi, publicus et iuratus notarius Tutele
N° VIII = Garci Periz, publico scriuano en Calchetas
N° IX = Garci Periz, publico scriuano
N° X = Io don Pero Garçiz d’Arbeiça et de Çufia, morant capellan en Echaverri, escriui estas cartas por a b c partidas por testimoniança
N° XI = Sin mención de escribano
N° XII = Sin mención de escribano
[p. 592] N° XIII = Sin mención de escribano
N° XIV = Sin mención de escribano
N° XV = Sin mención de escribano
N° XVI = Sin mención de escribano
N° XVII = Sin mención de escribano
N° XVIII = Johan Semeneiç, notario publico e jurado del concello de Olit
N° XIX = Pedro Ortiz de Artajona, notario publico de la Cort y el Obispado de Pamplona
N° XX = Salvador Martínez de Jaca, notario publico de la Cort y Obispado de Pamplona
N° XXI = Salvador Martínez de Jaca, notario público de la Cort y Obispado de Pamplona
Nuestro notario suele ser nombrado Pero Martin, Pedro Martínez, Pedro Martín de Salinas. Su procedencia, Salinas de Monreal, consta en cinco documentos26. Fué escribano paniaguado de Cizur27: no constituye ninguna novedad encontrar capellanes, donados o paniaguados del Hospital ejerciendo las funciones de escribanos de la Orden28.
En la suscripción notarial de sus documentos se titula veintiocho veces escriuano del prior, frente a las trece en que usa el título de notario29. Las dos primeras menciones como notario son de los años 1252 y 1272; desde 1285 y correspondiendo con el priorado de frey Juan de Nancin, usa exclusivamente el título de notario.
La suscripción lleva casi siempre el verbo escriui30; son menos frecuentes exaraui, scripsi o subscripsi31. En alguna ocasión hace constar la manu propria en [p. 593] la redacción de los documentos32. Solo una vez aparece la expresión predictis interfui, así como la salva de una enmienda o su calidad de rogatus33.
Algunas veces indica en la suscripción notarial el carácter testimonial de la conscriptio, que ordinariamente suele figurar acompañando a la iussio prioral34. Y especialmente desde 1273 casi siempre concluye la suscripción con la data del documento.
Siendo el escribano del que relativamente se ha conservado un mayor número de documentos, y por el largo período en que desempeñó el oficio de la escribanía, parece justificado analizar como representativa de esta la documentación redactada por Pedro Martín de Salinas, para establecer así las más señaladas características diplomáticas de la misma.
Del examen de los documentos se desprende que, salvo en cuatro de ellos35, en que no intervienen el prior ni los miembros de la Orden, todos los demás tienen como peculiariedades diplomáticas la iussio prioral para su expedición y el anuncio de validación a cargo del escribano.
3. 1. La iussio prioral.
Se inicia con una expresión formularia indicativa de la finalidad probatoria de la conscriptio (3. 1. 1.); pueden seguir previsiones contra los infractores de lo dispuesto en el documento (3. 1. 2.); y se expresa en una cláusula iniuntiva cuyo sujeto es el prior (3. 1. 3.)
3. 1. 1. La fórmula introductoria más frecuente es:
„Et por que todas las cosas deuanditas firmament sean tenudas et complidas por todos los tiempos.‟
Acreditan su empleo muchos documentos36. Otros introducen pequeñas variantes, como
„Et por tal que todas estas cosas que son de suso contenudas mas firmament sean tenudas‟37; „Et por que sea firme por todos los tiempos‟38; „Et por que esto firmament sea tenudo‟39; „Et por que … sean tenudas et gardadas firmament por todos los tempos‟40; „Et por tal que todas estas cosas sobreditas [p. 594] uos sean mas firmes et mas vallederas por todos los tiempos mas‟41; „Et por que … sea firme et valeduera por todos los tenpos (per secula seculorum)‟42.
Los documentos latinos usan estas fórmulas iniciales: „Ut autem donatio predicte domus atque conditionis memoria stabilis et incomutabilis permaneat in eternum‟43; „Ut autem omnia premissa robur obtineant firmitatis‟44. Parecen destacar más el carácter corroborativo de la fórmula, lo mismo que las expresiones en romance „Et por maior fimança‟ o „Et por maior firmeça desto‟45.
En todos los casos la puesta por escrito del texto (conscriptio) reitera la vigencia de los términos de su contenido. Su finalidad probatoria aparece con claridad en expresiones como: „Et por tal que nula contienda non pueda moberse d’aqui adelant contra las cosas deuantditas‟, o „Et por que … todas las cosas sean tenidas et complidas asi como se contiene de suso‟46.
3. 1. 2. La redacción por escrito ha de tener virtualidad para prevenir posibles infracciones futuras de lo dispuesto o acordado. Por ello la cláusula inicial se puede completar con expresiones como: „et ninguno d’aqui adelant non las pueda quassar‟47; „et por que ninguno non pueda a uos … embargar ni emparar en cuanto uos damos de suso‟48; „et ninguno non pueda d’aqui adelant demandar uos‟49; „et ninguno non pueda venir contra eyllas‟50; „et por que otrosi a uos … ninguno non uos pueda toiller‟51.
3. 1. 3. El prior es quien ordena la expedición del documento. Son inequívocas expresiones como: „mandamos fer (escriuir) estas cartas por a b c partidas‟52, o „presentem cartam diuisam per alphabetum scribi iussimus‟53.
La expresión más frecuente tiene cierto carácter iniuntivo y va dirigida al destinatario del documento: „damos esta carta partida por a b c‟54; „nos … [p. 595] damos la present carta‟55; „nos … uobis … presentem cartam diuisam per alphabetum concedimus in testimonium premissorum‟56. En ellas el escribano funde la iussio prioral para la redacción del documento, que ha recibido, con la entrega del mundum al destinatario del mismo.
La iussio prioral suele ser recogida también en la suscripción del escribano, quien actúa „por mandamiento del prior deuandito‟57; „por mandamiento deil‟58; „de mandato‟59; o incluso citando su nombre60.
En dos documentos61 es un comendador el autor de la iussio. Otros muchos indican en la suscripción del escribano que este actúa „por mandamiento deil (del prior) et de los comendadores‟62, o „por mandamiento deil et de los frayres de suso nomnados (deuanditos)‟63.
La suscripción del escribano suele expresar, además, la iussio de los otorgantes o de intervenientes64; de fermes y fiadores65, cabezaleros66, y testigos67, utilizando siempre la expresión „por mandamiento‟. Solo en dos ocasiones68 aparece el escribano como rogatario („por pregaria‟, „rogatus‟).
3. 2. La validación y su anuncio.
La misma cláusula que desarrolla la iussio prioral indica los medios de validación del escrito que se entrega al destinatario: la mayor parte de los documentos son cartas partidas por a b c y selladas por el prior. La validación mediante sello tiene valor testimonial y confirmativo de la conscriptio.
3. 2. 1. La fórmula „damos uos esta carta, por a b c partida‟, que emplea el prior, anuncia la validación del documento por ese medio, esa categoría de carta, tan corriente en documentos sinalagmáticos de la época69. En los documentos latinos la fórmula es equivalente: „presentem cartam diuisam per alphabetum [p. 596] concedimus‟, o „presentem cartam diuisam per alphabetum scribi iussimus‟70.
Algunos documentos especifican más, indicando el destino de los dos ejemplares iguales que se redactan: „reteniendo la una en poder del Hospital et la otra en poder de los clerigos et infançones et lauradores de Çufia‟, o „et retenemos en poder del Hospital la otra que es su companiera‟71.
Los documentos que carecen de iussio prioral llevan ese anuncio de validación en la suscripción del escribano72.
3. 2. 2. Dicha fórmula se completa con el anuncio de validación mediante sello pendiente: „sigillada con nostro sigillo pendient‟, „seyllada con nostro seyllo pendent‟, „seyllada con nostros seyllos pendientes‟73.
Otras veces el anuncio de validación mediante carta sellada sustituye esta forma objetiva de redacción por una declaración del autor jurídico del documento, expresiva de que lo valida poniendo en él su sello: „metemos nostro sigillo pendient en esta carta‟74; „sigillis nostris sigillauimus in testimonium premissorum‟75; „et las seyllo con mio seyllo pendent‟76; „yo, prior deuandito, pus mio seyello‟77; „ponemos nuestro (nuestros) seyllo (seyllos)‟78.
El escribano, por mandamiento del prior, pone el sello de este como medio de validación: „et por mandamiento del prior et de don Remiro et de sua muiller deuanditos, puse los sieyllos del prior et de don Remiro deuanditos en eilas‟79. Aun siendo forma subjetiva, las declaraciones „pongo mio seyllo pendent‟, „ponemos nuestros sieillos pendientes‟80 indican implícitamente el mismo procedimiento, que sería observado también cuando el prior del Hospital se dirige al arcediano de Eguiarte, diciendo: „pregamos a uos … que metades uostro sigillo en esta carta‟, y respondiendo este: „Et nos … aitorgamos esta carta et confirmámosla con nostro sigillo pendient, en testimoniança perdurable‟81.
[p. 597] La inmensa mayoría de los documentos fue validada mediante el sello del prior82; uno lleva el del Gran Maestre d’aquent mar de la Orden83; otros, además del prioral, llevan sellos de diversos intervenientes (otorgantes, comendadores, etc.)84.
3. 2. 3. El anuncio de validación mediante sello pendiente se hace en una fórmula que tiene carácter testimonial y es continuación, como se ha expuesto, de la que contiene la iussio prioral. El carácter testimonial se indica en expresiones como: „En testimoniança perdurable‟85; „En testimoniança de las cosas deuanditas‟86; „In testimonium premissorum‟87; „En testimoniança desto‟88.
A este valor testimonial se añade un carácter confirmativo, de manifiesto en cláusulas como: „Por testimoniança et por confirmança de todas las cosas que son de suso verbeadas (contenidas)‟89; „Et por mayor firmança (firmeça) desto‟90; „En confirmança de las cosas deuanditas‟91; „En testimoniança et firmança de las cosas deuanditas‟92.
El valor confirmativo de la aposición del sello pendiente aparece inequívocamente subrayado en cartas en las que se dice: „las quales confirmamos … con nuestros siellos pendientes‟93.
4. El declive de la institución (1290–1316)
Los dos últimos priores de Navarra del siglo XIII, de los que se conserva una documentación no muy abundante, han dejado pocos testimonios de la actividad de la escribanía. Por otra parte, desde 1290 todos los documentos expedidos por orden de los comendadores del priorado de Navarra utilizan para su redacción los servicios de escribanos públicos de concejo. La costumbre se va extendiendo progresivamente a los documentos otorgados por los priores, [p. 598] donde cada vez es más frecuente encontrar como autores materiales a escribanos públicos del reino.
El prior Pedro Miguel de Iriberri (1291–1297) utilizó como escribano o notario a Salvador Martínez de Jaca; su sucesor, Jordán de Chalderach, tuvo como escribano a Juan Ibáñez de Echavarri.
Salvador Martínez de Jaca. Antes de ser escribano o notario del prior, era notario de la Cort y Obispado de Pamplona. Como tal suscribió tres documentos, que hemos recogido anteriormente94, cuya suscripción es:
„E yo, Saluador Martinez de Jacca, notario publico e jurado en la Cort e en lo Obispado de Pomplona, en todas las cosas sobredichas fue present, e a rogarias e a mandamiento de todos los dichos, este present instrument publico con mi mano propia escriui e en testimoniança de todas las cosas sobredichas fiz este mi sig (signo) no acostumpnado‟.
Sabemos también que el clérigo Salvador de Jaca interviene como procurador de don García de Deza en la toma de posesión de este como arcediano de la Tabla de Pamplona, según documento de 1302 mar 2395. Parece, pues, que la presencia de este notario en la escribanía prioral fue simplemente interina.
Esta es la documentación prioral de los años en que la desempeñó:
GPN n° | Fecha | Suscripción |
530 | 1291 nov 22 | Bartolomé, notario público de Cabanillas |
531 | 1292 abr 29 | La qual yo, Saluador Martinez de Jacca, notario del dito don freyre Pero Miguel, por su mandamiento e do don Pero Garceyz e de los comendadores sobreditos, la escriui en … |
533 | 1293 mar 8 | La qual Saluador Martinez de Jacca, nuestro escriuano, por mandamiento nuestro et de todos los sobreditos, la escriui et es testigo. |
536 | 1294 sep 24 | Juan Jiménez, notario público y jurado del concejo de Olite. |
537 | 1294 oct 3 | Juan Jiménez, citado. Entre los testigos: „Saluador Martiniz de Jaca‟. |
Juan Ibáñez de Echavarri. Fue escribano del prior Jordán de Chalderach (1297–1302) y de Guy de Severach (1302–1312).
Estos son los documentos priorales del primero de ellos:
[p. 599] GPN n° | Fecha | Suscripción |
546 | 1298 sep 19 | Sanz de Iracheta, notario público de Pamplona. |
547 | 1298 oct 18 | E yo, Johan Yuaynes de Echauarri, escriuano, escriui por mandamiento del seynor prior sobredicho. |
549 | 1299 mar 16 | Johan Bon, escribano jurado del concejo de Puente la Reina. |
552 | 1299 sep 14 | Et yo, Johan Yuaynnes de Echauerri, escriuano del sobredicho prior, por mandamiento deyll et de los sobredichos freyres e de los dichos lauradores e collaços, escriui esta carta partida por a b c. |
Del priorado de Guy de Severach, dos escrituras fechadas el 27 de marzo y el 12 de julio de 130396 llevan la suscripción de Juan Ibánez de Echauerry, que figura como escribano del prior. Pero al lado de ellas, en los primeros años del siglo XIV, hay una veintena de documentos priorales extendidos por Miguel Jiménez, Ferran Sánchez, Sancho Jiménez y Miguel Pérez, notarios de Tudela; Juan de Bassessarri, de San Sebastián; Rodrigo, de Bueñuel; Bartolomé Gil, de Estella; Pascual Martínez, de Tafalla; García Martínez, de Aoiz; Gil Fernández, de Morentin; Pedro Martínez, de Los Arcos; o los pamploneses Miguel López de Zandio y Martín Garcés de Ezcaba; suscripciones que prueban la frecuencia con que los priores utilizen los servicios del notariado del reino97.
Juan Ibáñez de Ganuza. Es el último titular de la escribanía prioral. Fue notario de los priores Guy de Severach (1302–1312) y Pedro de Chalderach (1312–1316):
1307 ago 20. En Capítulo General celebrado en Calchetas, el prior de la enfermería de la casa de Bargota al donada Sancho Ortiz de Azanza. Suscribe: „Juan Ibáñez de Ganuza, notario del sobredicho prior‟98.
1316 sep. 1. El Capítulo General de la Orden pide licencia al prior, Pedro de Chalderach, para la compra de Azut. „Yo Johan Yuaynnes de Ganuça, procurador de la dicha Horden, la escriui‟
1316 oct 16. El prior Pedro de Chalderach de a Pedro Sánchez de Leache [p. 600] una heredad censera en Peralta. Suscribe „Juan Ibáñez de Ganuza, procurador del Hospital, escribano‟99.
Sin embargo, como se ha indicado antes, buen número de documentos priorales de esta época son expedidos por notarios públicos del reino. Incluso hay dos de principios de siglo suscritos por Martin Sanchiz, donado de la casa de Cizur, por mandamiento del prior100.
En 1317 Juan Ibáñez de Ganuza fué constituido procurador de la Orden por el prior Artal de Echavano101. Desde esa fecha, los documentos lo mencionan como procurador, sea aislada, sea conjuntamente con frey Juan Sánchez de Ejea102; pero no vuelve a encontrarse en la documentación el título de notario o escribano del prior.
[p. 601] Pudo ser un escribano laico; al menos, si no lo fué, no consta en ningún documento su pertenencia a la Orden. Puede despertar dudas un documento de 1314 en que el Gran Maestre, Fulco de Vilareto, nombra a un Juan Ibáñez comendador de la casa del Hospital en Olite103. No se encuentran documentos de la primera mitad del siglo que puedan aclarar la cuestión. En cambio, a partir de 1350 están perfectamente documentados un Juan Ibáñez de Ganuza, notario público y jurado del reino, que lo fue de la Cort (1350–1386) y un Juan Ibáñez de Cizur Menor, capellán del Hospital, que vivió en Bargota (1354–1383)104.
La identificación no resulta fácil. Suponer que se trate de la misma persona, significa aceptar que Juan Ibáñez de Ganuza desempeñó el oficio de notario durante 79 años (1307–1386): si nuestro escribano es el capellán del Hospital, durante 76 años (1307–1383). Cabe conjeturar que el notario Juan Ibáñez de Ganuza (1350–1386) fuera hijo y homónimo del procurador de la Orden en 1317. Resulta llamativo que, salvo dos menciones de 1369 y seis de 1385–1386, una de ellas un recibo autógrafo, ni los documentos sueltos ni los registros de Comptos conserven ningún documento redactado por ese notario. [p. 603] Los cinco redactados por él que se conservan están en fondos del archivo de la Orden, lo que permite pensar en cierta vinculación con ella del repetido notario de la Cort, quizá debida a su posible filiación.
Es un hecho que Juan Ibáñez de Ganuza deja de titularse escribano o notario del prior al ser nombrado procurador de la Orden. No ocurre así en Roncesvalles. Si se compara la documentación de este señorío eclesiástico con la del de San Juan, contrasta la abundante documentación de la escribanía de este con la práctica inexistencia de la de aquel, limitada a un solo testimonio:
– 1279 jun. 8. Suscripción: „E uos, Lope Yenneguetz, scriuano del prior e procurador de la Orden de Ronçasuaylles‟105.
El dato, única referencia de una posible escribanía del señorío de Roncesvalles, parece indicar que no existe incompatibilidad entre la representación de la Orden como procurador y el ejercicio del oficio de escribano. Las causas, pues, de la extinción de la escribanía de San Juan hay que buscarlas en otro orden de cosas.
Las circunstancias que rodean el fin de la escribanía.
Si la creación de la escribanía prioral pudo deberse al gran aumento de la documentación emitida por el priorado y sus encomiendas, y a la necesidad de dotar a los documentos probatorios de los derechos de la Orden de una forma diplomática con características comunes, su extinción pudo ser determinada por la importancia creciente de las cancillerías pontificia y reales, que a principios del siglo XIV fueron objeto en todas partes de profundas transformaciones.
En Francia, el „custos sigilli‟ deja paso a una nueva figura de canciller por cuyas manos pasa toda la documentación real de carácter dispositivo; lo cual coincide con la progresiva desaparición de la categoría diplomática „diploma real‟106. El cambio, concluido ya entre 1317 y 1320, no fue solamente debido [p. 604] a disposiciones reales, como las adoptadas por Felipe el Largo; nuevos usos diplomáticos, nuevas costumbres en la expedición de documentos influyeron en él107.
No hay que alvidar que Juan XXII (1316–1334) „centralizó administrativamente la Curia aviñonesa y en su decisión influyó el haber desempeñado, con anterioridad a su elección como pontífice, importantes cargos en las Cancillerías de Carlos II y Roberto de Anjou‟108. Y quizá siguiendo el ejemplo de la Cancillería pontificia, la propia Orden de San Juan crea su cancillería: en 1316, siendo Gran Maestre Fulco de Vilareto, aparece el primer canciller de la Orden, Pedro de l’Ongle; el primer título de canciller fue expedido por el Gran Maestre a favor de Pedro de Imola109.
Hay, pues, una transformación en la expedición de documentos pontificios y reales, que ocurre en todas partes entre 1316 y 1320. MOREL110 atribuye el cambio en Francia al desarrollo del notariado laico; colaboraría también la nueva organización del notariado y la cancillería dada por Felipe el Largo en las ordenanzas de febrero de 1321111. En la documentación pontificia, „La Cámara Apostólica, Organismo encargado de las finanzas de la Iglesia, expidió – además de la documentación de tipo administrativo que le era propia – bulas y cartas secretas, absorbiendo así funciones que habían correspondido antes a la Cancillería‟112.
Algo semejante ocurre en el reino de Navarra, y no solo por el hecho de ser Felipe el Largo rey de Francia y de Navarra. Recientemente he destacado la importancia que desde principios del siglo XIV tienen en el reino de Navarra los notarios de la Cort, organismo de carácter judicial, que, con independencia [p. 605] de la redacción de documentos de ese carácter, absorbe progresivamente la expedición de documentos que antaño era cometido de la Cancillería113. El paralelo entre las nuevas funciones de la Cort navarra y de la Cámara Apostólica es evidente. En ambos casos aparece inequívocamente la transformación de funciones de la cancillería, invadida por instituciones nuevas al servicio de la expedición de documentos.
También es semejante la evolución del notariado. En 1317 abr 20, Felipe el Largo concedió al clérigo Pedro Bertrán facultad para instituir y destituir notarios en el reino de Navarra, ordenando „nec permittant … in toto regno nostro Nauarre aliquos auctoritate nostra notarios uti officio, nisi per dictum clericum nostrum vel deputatum ab eo fuerint instituti, decernentes aliorum instrumenta carere omni robore et firmitate‟114. Pedro Bertran era canciller de la reina de Navarra en 1317–1318115; aunque, como ocurre en Francia, no sea factor decisivo en el cambio116, resulta significativo que la fecha de ese documento coincida con el nombramiento de Juan Ibáñez de Ganuza, último notario de prior, como procurador de la Orden. Ya no volverá a utilizar su anterior título de escribano, certificando con ello la extinción de la escribanía prioral.